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Condenan a Bankia a devolver 75.000 € por la mala comercialización de las participaciones preferentes

Autor: Jesús María Ruiz de Arriaga Remirez

Según establece la magistrada, la venta de participaciones preferentes, a iniciativa del personal de la entidad Caja Madrid, obedecía a una nueva política de captación de recursos propios de la entidad porque sabía que incluso las preferentes antiguas ya tenían la rentabilidad comprometida, era posible que no se pudieran amortizar por falta de recursos para devolver la inversión, sabía que la entidad precisaba recursos propios y, en lugar de comunicar con lealtad, claridad, transparencia y advirtiendo de esas circunstancias a los clientes, se limitó a ofertarle nuevas preferentes con la atracción de la mejor rentabilidad  y el hecho que para así favorecer el crecimiento de la entidad Caja Madrid.

“la sentencia apunta el modo alternativo de convertir al inversor en accionista involuntario”

Además, con todo ello, la sentencia apunta el modo alternativo de convertir al inversor en accionista involuntario, crea un colchón de activo societario que le permite cumplir con las exigencias europeas de capitalización. Puntualiza, sobre este tema, que la suma de la ocultación de la real situación de insolvencia o el grave déficit económico y descuadre en las cuentas de Bankia, llevó a la perdida de la inversión a los actores.

En conclusión, sentencia la titular del juzgado, que la forma de rellenar la orden de compra, de recibir los formularios y trípticos, la forma de rellenar los tests de conveniencia narrada por la actora, claramente evidencia que Bankia asumía esa operación de canje dando la sensación de total normalidad, un simple trámite administrativo, inapreciable, inadvertible de la real situación que latía por debajo, y dando una apariencia de seguridad que no hizo desconfiar a los hoy actores hasta el momento en que se vieron enfrentados a la realidad de haberse convertido en “accionistas”, dadores forzosos, prestadores forzosos o participes forzosos del devenir de insolvencia real en que estaba Bankia.

En resumen, el juzgado entiende que Bankia obró con total oscuridad, con mala fe, anteponiendo sus propios intereses a los de sus clientes, con ocultación de los riesgos de insolvencia cierta en que se hallaba y haciendo participes forzosos de esa insolvencia a los hoy actores.

Si usted también es uno de los afectados y quiere recuperar su dinero, llámenos, sin ningún tipo de compromiso y sin ningún coste por la información,  al  teléfono gratuito 900 101 775  o envíenos  un correo electrónico a  contacto@arriagaasociados.com, explicándonos brevemente su problema e indicándonos un teléfono para poder comunicar con usted. Atenderemos su caso como usted se merece.

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Jesús María Ruiz de Arriaga

Fundador de Arriaga Asociados. En 2011 funda el despacho, desde su propio domicilio en Huesca junto con su esposa, y con el tiempo, con un grupo de colaboradores. Arriaga nace como proyecto emprendedor, de  la mano de las nuevas tecnologías, y orientado a un nuevo nicho de negocio: el derecho de los consumidores.

Ha compatibilizado esta labor con la de profesor a tiempo parcial en distintos centros formativos de gran prestigio como ESIC, Columbus IBS, la Universidad de Zaragoza,  Universidad Inca Garcilaso de la Vega (Perú), Cepebank (Perú), etc.  los campos de: Dirección Estratégica, Dirección Financiera, Marketing, Auditoría Financiera,

Jesús cuenta con 6 licenciaturas y 13 posgrados. Destaca la obtención de la licenciatura de derecho con prácticamente 50 años (Derecho, ADE, Ciencias del Trabajo, Investigación y Ciencias del Mercado, Empresariales)

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