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Valores Santander: más acuerdos extrajudiciales ante la presentación de demandas judiciales por parte de los clientes afectados

Autor: Jesús María Ruiz de Arriaga Remirez

El Banco Santander, en la mayoría de casos no logra demostrar que proporcionó al inversor  información adecuada sobre los conocidos ‘Valores Santander’.

 

Ya habrán oído hablar de la nulidad de los contratos de preferentes en muchas ocasiones declarada por parte de los Tribunales por falta de información clara al cliente. Les informamos que cada vez son  más las sentencias que declaran la nulidad de los contratos de Valores Santander por no demostrar el Banco Santander que efectivamente había informado de forma clara, precisa y suficiente a sus clientes respecto de las características, funcionamiento y riesgos de este producto.

 El Banco Santander propone a veces acuerdos extrajudiciales antes de llegar a los juicios por Valores Santander FUENTE commons.wikimedia.org

El Banco Santander propone a veces acuerdos extrajudiciales antes de llegar a los juicios por Valores Santander FUENTE: commons.wikimedia.org

 

Y es que, el Banco Santander prefiere llegar a acuerdos extrajudiciales y no enfrentarse a una sentencia condenatoria en la que se  recoja que no informó a sus clientes y que éstos no comprendieron al pie de la letra las características del producto.

 

Varios son los motivos por los cuales se producen estos acuerdos cuando se  ha interpuesto una demanda de Valores Santander:

 

1.- En primer lugar, si bien es cierto que existen los bonos u obligaciones convertibles o canjeables en acciones u otros activos, la conversión constituye un derecho del titular y no una obligación impuesta en un determinado momento temporal, como ocurre con los Valores Santander. En los Valores Santander, la conversión de las obligaciones suscritas en acciones del banco no fue un derecho del titular, sino una obligación impuesta de manera irrevocable al inversor. Llegado el término pactado,  el cliente no recuperaba la inversión que había hecho inicialmente, sino debía adquirir acciones del Banco Santander a un precio predeterminado, asumiendo la consecuente ganancia o pérdida dependiendo del valor de cotización de las acciones en ese momento.

 

2.- En segundo lugar el banco sabía que los Valores Santander son un producto de naturaleza estructurada, que combinan un activo en renta fija (obligación), con un rendimiento indexado a un determinado tipo de interés y un producto derivado, como es una obligación futura de compra de un activo subyacente. En este caso, las acciones del propio banco, dependiendo de la conversión de los Valores Santander en obligaciones subordinadas y obligatoriamente convertibles en acciones al cumplirse la condición de adquisición del banco ABN AMRO por el Banco Santander.

 El Banco Santander sabe que los Valores sirvieron para captar dinero de los clientes y poder comprar el banco ABN AMRO FUENTE zh.wikipedia.org

El Banco Santander sabe que los Valores sirvieron para captar dinero de los clientes y poder comprar el banco ABN AMRO FUENTE: zh.wikipedia.org

 

3.- En tercer lugar los Valores Santander fueron un producto diseñado expresamente para la captación de capital a efectos de la adquisición de un banco extranjero (ABN AMRO), sin valores comparables en el mercado español.

 

4.- El Banco Santander sabe que los Valores Santander son un producto de alto riesgo, dado que imponen al tenedor de las obligaciones la obligación de convertir las mismas en acciones del propio banco en una determinada fecha, con una posible pérdida teórica de hasta el 100% de la inversión realizada.  Se producirá una pérdida siempre que las acciones en que se han convertido las obligaciones tengan un valor en bolsa inferior al capital invertido por el cliente.

 

En definitiva, antes de enfrentarse a un procedimientos judicial en el que salgan a relucir todas estas cuestiones y quede demostrado y acreditado esa falta de información relevante hacia sus clientes, el Banco Santander llega a acuerdos. Eso es mejor para su imagen, antes que quedar ante la opinión pública como una entidad que distorsionó o maquilló la verdadera naturaleza del producto. Está claro que al final, los jueces y magistrados pueden acabar declarando la nulidad de los Valores Santander y obligar a que se devuelva el dinero invertido a los clientes y la entidad prefiero hacerlo antes de que le obligue la Justicia.

 

Consúltenos su situación y en Arriaga Asociados estudiaremos su caso y le asesoraremos sin ningún compromiso. Tan sólo llamando al teléfono gratuito 900 101 775.

 

Jesús María Ruiz de Arriaga

Fundador de Arriaga Asociados. En 2011 funda el despacho, desde su propio domicilio en Huesca junto con su esposa, y con el tiempo, con un grupo de colaboradores. Arriaga nace como proyecto emprendedor, de  la mano de las nuevas tecnologías, y orientado a un nuevo nicho de negocio: el derecho de los consumidores.

Ha compatibilizado esta labor con la de profesor a tiempo parcial en distintos centros formativos de gran prestigio como ESIC, Columbus IBS, la Universidad de Zaragoza,  Universidad Inca Garcilaso de la Vega (Perú), Cepebank (Perú), etc.  los campos de: Dirección Estratégica, Dirección Financiera, Marketing, Auditoría Financiera,

Jesús cuenta con 6 licenciaturas y 13 posgrados. Destaca la obtención de la licenciatura de derecho con prácticamente 50 años (Derecho, ADE, Ciencias del Trabajo, Investigación y Ciencias del Mercado, Empresariales)

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