Tipos de testamentos
Autor: Jesús María Ruiz de Arriaga RemirezContenido del Artículo
*La herencia es la transmisión de los bienes y derechos de una persona a terceros.
*Si somos nombrados herederos de una herencia podremos aceptar o no el legado, ya sea de una manera pura o a beneficio de inventario.
*También, podemos hablar de la existencia de testamento militar, marítimo, o el realizado en país extranjero.
El testamento es un documento libre que refleja la última voluntad del testador a sus herederos.
Cuando hablamos de herencia nos referimos a la transmisión de los bienes y derechos de una persona a terceros. Si somos nombrados herederos de una herencia podremos aceptar o no el legado, ya sea de una manera pura o a beneficio de inventario.
El método para transmitir el patrimonio es a través de un testamento.
Tipos de testamentos:
- El testamento cerrado. Documento mediante el cual, declaramos la transmisión de nuestro patrimonio ante la presencia de un notario que da fe de la acción y ante testigos. El testamento cerrado debe ser escrito y el testador podrá comparecer ante notario con el testamento cerrado y sellado, o lo hará en ese mismo acto.
Las personas ciegas o que no sepan leer no pueden adherirse a este tipo de testamento.
La peculiaridad de este documento es que no se declara el contenido del mismo, por lo que permanece el secreto. El notario o persona que tenga en su poder el testamento cerrado deberá presentarlo al juez competente una vez que se tiene conocimiento del fallecimiento del testador.
- Testamento abierto. Otorgado ante dos testigos y notario, el testador deberá expresar oralmente o por escrito su última voluntad. Después, se incorpora al Registro de últimas voluntades, pudiendo ser consultado a los quince días del fallecimiento del causante.
Si el testador está en peligro de muerte, se podrá realizar el testamento abierto sin la presencia del notario y con cinco testigos.
Este tipo de testamento garantiza su validez mejor que ninguno pero no tiene la peculiaridad de ser secreto como el cerrado.
- Testamento ológrafo. Documento escrito a puño y letra por el testador. No es necesario depositarlo ante notario e inscrito en el Registro de Últimas Voluntades. Eso sí, puede ser modificado fácilmente o eliminado. Nadie tiene porque saber de su existencia.
Solo podrá ser otorgado por personas mayores de edad y deberá contener el día, mes y año de su realización junto a la firma del autor.
En el caso de tachonas, enmendadas o entre reglones, las salvará el testador bajo su firma.
Una vez fallecido el testador, la persona que posea el testamento ológrafo deberá presentarlo en el juzgado en el plazo de diez días. Posteriormente, el juez citará a tres testigos para dar fe de que la letra y firma del fallecido son las mismas que las del testamento.
También, podemos hablar de la existencia de testamento militar, marítimo, o el realizado en país extranjero.
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El testamento es un documento libre que refleja la última voluntad del testador a sus herederos.
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El testamento ológrafo es el documento escrito a puño y letra por el testador mayor de edad.
FUENTE. mywritingblog.com
Fundador de Arriaga Asociados. En 2011 funda el despacho, desde su propio domicilio en Huesca junto con su esposa, y con el tiempo, con un grupo de colaboradores. Arriaga nace como proyecto emprendedor, de la mano de las nuevas tecnologías, y orientado a un nuevo nicho de negocio: el derecho de los consumidores.
Ha compatibilizado esta labor con la de profesor a tiempo parcial en distintos centros formativos de gran prestigio como ESIC, Columbus IBS, la Universidad de Zaragoza, Universidad Inca Garcilaso de la Vega (Perú), Cepebank (Perú), etc. los campos de: Dirección Estratégica, Dirección Financiera, Marketing, Auditoría Financiera,
Jesús cuenta con 6 licenciaturas y 13 posgrados. Destaca la obtención de la licenciatura de derecho con prácticamente 50 años (Derecho, ADE, Ciencias del Trabajo, Investigación y Ciencias del Mercado, Empresariales)