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¿Puedo dejar parte de mi herencia a una ONG?

Autor: Equipo Arriaga

Herencia

Cada vez son más las personas que se plantean repartir su herencia de forma diferente en función de sus circunstancias personales y sus sentimiento solidarios. La existencia o no de determinados familiares con derechos preferentes sobre la herencia, los llamados legitimarios (básicamente, descendientes, ascendientes y cónyuge), también está condicionando mucho estas decisiones de personas que cada vez sienten más necesidad de repartir su herencia entre, por ejemplo, ONG’s o instituciones con fines solidarios.

Los casos suelen ser más amplios cuanto menores son las relaciones de parentesco que la persona que quiere repartir su herencia deja tras su fallecimiento. Pero, hemos de decir que la posibilidad de hacer un legado solidario existe en nuestro Derecho; y que cualquier persona podría dejar parte de su herencia , por ejemplo, a una ONG.

De este modo, si alguien quiere beneficiar a una determinada causa, da igual cual sea pobreza, investigación, educación, salud… puede ordenar un legado solidario, pero, como siempre decimos, conviene estar bien informado antes y saber cómo hacerlo para no tener problemas futuros.

Explicar a un experto en herencias y sucesiones nuestros deseos, debe ser el primer paso y realizar testamento, el segundo.

Si quien desea dejar parte de su herencia a una ONG, tiene hijos u otras personas son legitimarios, la acción de solidaridad tendrá por límite las atribuciones legales que la Ley determina en favor de los mismos, sin embargo, no en todos los sistemas legales existen tales limitaciones.

Si no existen legitimarios, la persona será libre para favorecer a una o varias ONG’s.

En todo caso, puede ser conveniente designar un albacea que se encargue de ejecutar las disposiciones solidarias. Y, aunque no es obligatorio, es conveniente que se entregue copia del testamento que se haga a la ONG beneficiaria, ya que en caso de que se perdieran facultades sobre los bienes, nadie mejor que la propia ONG velará por el cumplimiento de los deseos de quien quiere dejarle la herencia.

Una vez fallezca el ordenante de la liberalidad solidaria,  se abrirá el proceso hereditario, y en función de cómo se haya estructurado el testamento se entregará el legado solidario al beneficiario.

Teniendo en cuenta la existencia de distintos modos de entender la caridad a lo largo de Europa, es muy conveniente que si el que ordenó un legado solidario ha cambiado de país de residencia se asesore también sobre la conveniencia de cambiar su testamento a fin de garantizar el cumplimiento del legado solidario.

Por tanto, ya ven que este es un caso más en los que el asesoramiento legal es fundamental a la hora de saber cómo repartir nuestra herencia. No dude en consultar a nuestros abogados y en pedir una cita para solucionar cualquier cuestión relacionada con sucesiones y herencias.

 

 

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