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El Contrato de Leasing y sus Características

Autor: Equipo Arriaga

modelo de contrato de leasing

 

¿Qué es leasing? El contrato de leasing o arrendamiento financiero es un contrato que se constituye  entre una sociedad y un empresario o usuario.

El contrato de leasing: objeto y características

El objeto pues, de este contrato, consiste en que la sociedad de leasing (o arrendamiento financiero) cede el uso y disfrute de un determinado bien a cambio de una contraprestación económica abonada de forma periódica. Hay que indicar que esa transmisión del uso y disfrute del bien se realiza por un tiempo determinado. Al término de dicho plazo el usuario “arrendatario del contrato” tendrá varias alternativas; prorrogar el uso y disfrute del bien, devolverlo o bien ejercitar el opción de compra del mismo. Este contrato tiene diversas ventajas desde el punto de vista fiscal.

En estos contratos el plazo por el cual se pacta un uso y disfrute de los mismos se relaciona con la naturaleza de los propios bienes (muebles o inmuebles, desde vehículos a naves industriales) más concretamente con su obsolescencia. De esta manera, si por ejemplo y como suele ser habitual, el bien objeto del contrato de arrendamiento financiero es un coche, el mismo a lo largo del tiempo puede quedar obsoleto , si es así el usuario de leasing puede pedir su sustitución o bien ejercitar el derecho de compra y adquirir el bien, teniendo en cuenta lo ya abonado, es decir por su valor residual.

Debemos diferenciar el contrato de leasing del renting ya que el último pasa a ser realmente un mero alquiler donde el usuario no asume riesgo alguno por el bien objeto del contrato mientras que en el leasing (o arrendamiento financiero) tanto seguro como impuesto corre a cargo del usuario. La nota fundamental del leasing es la financiación puesto que, como hemos dicho existe la opción de ejercitar la compra al finalizar el plazo (precio residual).

Extinción del contrato de leasing

En cuanto a las formas de extinción de este contrato la principal sería la finalización del plazo convenido tomando como alternativa cualquiera de las opciones de las que hemos hablado. Del mismo modo y existen sentencias al respecto el incumplimiento del mismo por cualquiera de las partes contratantes también resolvería el contrato sin perjuicio de ejercitar acciones encaminadas a exigir cantidades debidas.

Por ejemplo si el usuario se retrasase en el pago de las cuotas pactadas en el arrendamiento financiero, la sociedad de leasing podrá resolver el contrato exigiendo la devolución de lo prestado para la adquisición de la cosa y en su caso devolver el bien.

Ante cualquier duda o problema con un contrato ponte en contacto con nosotros en el 900 264 910 o a través de contacto@arriagaasociados.com, nuestro equipo de abogados le darán el mejor asesoramiento.

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