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El Impuesto de Sucesiones en Asturias

Autor: Jesús María Ruiz de Arriaga Remirez

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El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) es un impuesto de naturaleza directa y subjetiva que grava los incrementos patrimoniales obtenidos a título lucrativo por personas físicas. La obligación del pago de este impuesto está recogido en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que es una ley general tributaria de ámbito nacional y las modificaciones posteriores están recogidas en el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Además las comunidades tienen tienen potestad normativa en cuanto a la aplicación de la tarifa de impuesto. Es por esto que no se paga lo mismo por heredar en Asturias, que en Madrid o Canarias, las diferencias son muy notables.

Características del Impuesto de Sucesiones en Asturias

Históricamente en el Principado de Asturias el Impuesto de Sucesiones y Donaciones ha sido uno de los más elevados. La tendencia general de los últimos años ha sido reducir este impuesto hasta casi desaparecer en algunas comunidades o que subsista pero de  manera residual en otras. En el caso de Asturias, pese a haber reducido algo en los últimos tiempos, sigue siendo la Comunidad en las que más se paga por heredar. Aún siendo así, lo cierto es que el principado tiene algunos beneficios fiscales particulares destinados a favorecer la actividad empresarial.

El impuesto de sucesiones en Asturias debe liquidarse conforme a la normativa nacional,  en los seis meses después del fallecimiento y si se solicita una prórroga en los cinco primeros meses puede aplazarse otros seis meses más.

Base imponible

Es el valor real de la herencia para cada heredero, lo que va a percibir. Para los inmuebles se les da el valor catastral para lo que se tiene en cuenta el valor del suelo, la localización del inmueble, calidades, etc…; se incluye también las cuentas corrientes, acciones, o cualquier otra bien que se vaya a transmitir, se restan las cargas (deudas) y reducciones estatales y autonómicas por parentesco, si es empresa familiar, si se trata de la vivienda habitual… y el resultado es el valor económico de lo que se va a transmitir realmente, esto es la base imponible sobre la que se aplica el ISD.

Tarifa del Impuesto

A la base imponible se le aplica la tarifa del impuesto tras haberle, que depende de la cantidad que suponga la base imponible, es progresivo, con la intención de que paguen más los que declaren un mayor patrimonio.

 

Patrimonio preexistente (Euros) Grupo I
De 0 a 402.678,11 0,000
Más de 402.678,11 a 2.007.380,43 0,0200
Más 2.007.380,43 a 4.020.770,98 0,0300
Más de 4.020.770,98 0,0400

 

En el caso de que los herederos sean familiares lejanos, se aplica un nuevo coeficiente multiplicador, que no es el mismo para cada concejo. En el caso de Gijón y Oviedo son estos:

Gijón Oviedo
Última revisión catastral 2009 2013
Viviendas 1,38 1,42
Garajes 1,34 1,40
Trasteros 1,38 1,26
Locales comerciales 1 1
Almacenes 1,38 1,42
Naves 1 1,42
Oficinas 1,27 1

 

Reducciones, deducciones y exenciones del impuesto

Pese a ser una de las comunidades en la que más se paga de ISD tienen algunos beneficios fiscales específicos para el Principado que no tienen otras comunidades, como por ejemplo:

  • Si se trata de bienes destinados a la constitución, ampliación o adquisición de una empresa o negocio, se aplican ventajas fiscales específicas incluso no tratándose de parentescos directos. En estos casos, la reducción puede llegar hasta el 95% del valor de los bienes si el número de socios es inferior a cinco, ya sea las transmisión por mortis causa como intervivos.
  • Si se trata de la adquisición de explotaciones agrarias hay una reducción que se recogió en la última normativa estatal que puede alcanzar el 99% de su base imponible.

Cómo calcular el impuesto de sucesiones en Asturias

Para calcular el impuesto hay que cuantificar los bienes a transmitir, la cantidad total que el heredero va apercibir, es decir, valor catastral de los inmuebles, valor económico de cada bien, cuentas corrientes, fondos… se les restan las cargas (deudas pendientes obre esos bienes) y se le aplican las reducciones estatales y autonómicas por parentesco, si se trata o no de la vivienda habitual, si es un negocio… Quedando como resultante una cantidad que es la base imponible. A esta cantidad se le aplica la tarifa del impuesto de la comunidad autónoma que le corresponda. Esta tarifa es progresiva, de manera que pagan más los que más patrimonio vayan a heredar.

De esta manera obtenemos la base liquidable, a la que se aplica ya la tarifa del impuesto. Ésta presenta también un efecto corrector, que es progresivo, con la intención de que paguen más los que declaren un mayor patrimonio.

Ejemplo para una herencia de una vivienda habitual

Una persona que herede bienes por valor de 800.000 euros de padre o madre en 2020 pagará en Asturias en torno a 103.000 euros por el Impuesto de Sucesiones mientras si se tratara de Madrid liquidaría unos 1.600€ y, si reside en las vecinas Cantabria y Galicia, la herencia le saldrá gratis.

Queda patente que Asturias es la comunidad que paga el ISD más elevado de toda España. Este puesto em el ranking lo solía compartir con Andalucía que en el último año, lo han bajado notablemente.

El cálculo de l impuesto de sucesiones y donaciones no es sencillo. A la hora de heredar, lo mejor es dejarse aconsejar por un abogado especialista en sucesiones. Llámanos al 900 264 910 podemos ayudarte con los trámites de tu herencia.

 

Jesús María Ruiz de Arriaga

Fundador de Arriaga Asociados. En 2011 funda el despacho, desde su propio domicilio en Huesca junto con su esposa, y con el tiempo, con un grupo de colaboradores. Arriaga nace como proyecto emprendedor, de  la mano de las nuevas tecnologías, y orientado a un nuevo nicho de negocio: el derecho de los consumidores.

Ha compatibilizado esta labor con la de profesor a tiempo parcial en distintos centros formativos de gran prestigio como ESIC, Columbus IBS, la Universidad de Zaragoza,  Universidad Inca Garcilaso de la Vega (Perú), Cepebank (Perú), etc.  los campos de: Dirección Estratégica, Dirección Financiera, Marketing, Auditoría Financiera,

Jesús cuenta con 6 licenciaturas y 13 posgrados. Destaca la obtención de la licenciatura de derecho con prácticamente 50 años (Derecho, ADE, Ciencias del Trabajo, Investigación y Ciencias del Mercado, Empresariales)

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