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El TJUE declara que las hipotecas IRPH pueden ser consideradas abusivas. ¿Qué significa para los afectados?

Autor: Jesús María Ruiz de Arriaga Remirez

¡Gran noticia para los titulares de hipotecas referenciadas al IRPH!

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido un fallo que puede tener un impacto significativo en miles de  personas. En este artículo, analizaremos en detalle la reciente sentencia del TJUE sobre el IRPH y explicaremos qué implicaciones tiene para los afectados.

¿Qué es el IRPH?

Antes de adentrarnos en los detalles de la sentencia, es importante comprender qué es el IRPH. El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) es un índice utilizado en España para calcular los intereses de algunas hipotecas. A lo largo de los años, muchas voces se han alzado cuestionando su transparencia y legalidad.

El dictamen del TJUE

En su sentencia del 13 de julio, el TJUE ha declarado que las hipotecas referenciadas al IRPH pueden ser consideradas abusivas si se determina que existió falta de transparencia en su aplicación. 

El TJUE ha concluido:
1. Que no informar sobre que el IRPH podía ir unido a un diferencial negativo para igualarlo a mercado, según recogía la Circular 5/94 del Banco de España, es un elemento determinante a la hora de valorar la falta de transparencia y la abusividad de la cláusula que impone el IRPH.
2. Que por la especial forma de calcular el IRPH, es fundamental aplicar diferencial negativo si se quiere igualar a mercado.
3. Que resulta necesario valorar el acceso que el consumidor medio tenía a la información relativa al IRPH y en concreto, a la necesidad de aplicar diferencial negativo.
4. Que no se le puede exigir a un consumidor medio realizar una labor de investigación jurídica, exigiéndole acudir, y estar al día, de las publicaciones de diferentes Circulares en el Boletín oficial del Estado.
5. Que es obligación del banco ofrecerle toda la información, así como probar que efectivamente el consumidor tuvo acceso.

En definitiva, el TJUE ha ofrecido herramientas suficientes para que al Tribunal Supremo no le quede más remedio que asumir la abusividad del IRPH. Esto significa que los afectados podrían tener derecho a reclamar la nulidad de sus contratos y obtener la restitución de cantidades abonadas de más.

Implicaciones para los afectados

La sentencia del TJUE brinda nuevas esperanzas a los titulares de hipotecas IRPH que se sienten perjudicados. Aquellos que consideren que no se les proporcionó la información adecuada sobre los riesgos y consecuencias de este índice, de su carga económica, podrían tener una oportunidad de obtener justicia y recuperar lo pagado de más. 

 

La sentencia del TJUE sobre el IRPH supone un avance significativo para los afectados que buscan justicia y compensación. Si tienes una hipoteca referenciada al IRPH, no dudes en llamarnos o pedir una cita con nosotros para evaluar tus opciones. Recuerda que cada caso es único y es importante contar con un  experto que te guíe en el proceso de reclamación. ¡No te rindas, tus derechos podrían estar en juego!

Jesús María Ruiz de Arriaga

Fundador de Arriaga Asociados. En 2011 funda el despacho, desde su propio domicilio en Huesca junto con su esposa, y con el tiempo, con un grupo de colaboradores. Arriaga nace como proyecto emprendedor, de  la mano de las nuevas tecnologías, y orientado a un nuevo nicho de negocio: el derecho de los consumidores.

Ha compatibilizado esta labor con la de profesor a tiempo parcial en distintos centros formativos de gran prestigio como ESIC, Columbus IBS, la Universidad de Zaragoza,  Universidad Inca Garcilaso de la Vega (Perú), Cepebank (Perú), etc.  los campos de: Dirección Estratégica, Dirección Financiera, Marketing, Auditoría Financiera,

Jesús cuenta con 6 licenciaturas y 13 posgrados. Destaca la obtención de la licenciatura de derecho con prácticamente 50 años (Derecho, ADE, Ciencias del Trabajo, Investigación y Ciencias del Mercado, Empresariales)

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