En Arriaga Asociados te acompañamos en todo el proceso para conseguir las condiciones más beneficiosas para ti
¿Qué es exactamente una separación?
La separación es la suspensión de la vida conyugal sin ruptura del vínculo. Se puede dar de dos maneras:
Separación de hecho: Cuando, unilateralmente o de mutuo acuerdo, los cónyuges ponen fin a su relación y emprenden vidas por separado
Separación por vía judicial. Cuando se presenta una demanda y se obtiene una sentencia.
¿Cuál es la diferencia entre separación y divorcio?
La principal diferencia está en que el divorcio sí disuelve el vínculo matrimonial, al igual que la muerte o declaración de fallecimiento. A efectos prácticos: si se desea volver a contraer matrimonio no valdría solo con la separación.
¿Es obligatorio separarse judicialmente? ¿No vale con la separación de hecho?
Es necesario que se haga judicialmente cuando existan hijos menores, o incapacitados, no obstante, se trata de un proceso muy sencillo.
¿Cuáles son los trámites?
El procedimiento de separación puede iniciarse a petición de uno solo de los cónyuges, a petición de ambos o a petición de uno con el consentimiento del otro. El único requisito es que hayan transcurrido 3 meses desde la celebración del matrimonio. Una vez vencido este periodo, se puede presentar la demanda de separación, acompañada de una propuesta de convenio.
¿Puedo acudir a Arriaga Asociados si solo quiero separarme?
Sí. Tanto en caso de separación, como de divorcio, Arriaga Asociados le asesorará y acompañará a lo largo de todo el proceso.