Mi expediente está en estado documentación pendiente o reclamación en proceso
¿Cuánto tardará en presentarse mi demanda?
Una vez que has formalizado el contrato, un equipo especializado revisa y recopila toda la documentación necesaria para poder llevar a cabo la reclamación. En la mayoría de los casos se presenta una reclamación extrajudicial dando la oportunidad a la entidad de poner fin al asunto sin necesidad de judicializar el proceso, pasado el plazo de respuesta o si ésta es negativa, redactaremos la demanda para su presentación en los Juzgados. El tiempo desde que se contrata hasta que se presente la demanda dependerá de: recopilación de la documentación necesaria, gestiones extrajudiciales y de la estrategia jurídica que se vaya a seguir de acuerdo a los intereses en cada caso.
Antes de interponer la demanda, se intenta llegar a un acuerdo amistoso enviando una “carta extrajudicial” a la entidad bancaria. En caso de que no se llegue a acuerdo, interponemos la demanda en el Juzgado.
¿Cómo debo actuar si la entidad contacta conmigo ofreciéndome un acuerdo?
Una vez iniciemos la reclamación, es probable que la parte contraria haga un ofrecimiento de acuerdo. En estos casos, te recomendamos que solicites a la entidad la propuesta de acuerdo por escrito para que podamos estudiarla con detalle. Una vez la obtengas, ponte en contacto con nosotros en el teléfono de atención al cliente 91 005 2600 para indicarte los siguientes pasos a seguir. Desaconsejamos aceptar un acuerdo con el banco sin haber contado con un asesoramiento previo.
También es común que las entidades realicen los abonos en las cuentas de los clientes. En este caso, te sugerimos que no dispongas del dinero y que contactes con nosotros en el teléfono de atención al cliente 91 005 2600.
Mi demanda se ha presentado
Una vez presentamos tu demanda se sella por parte del juzgado y queda a la espera de su admisión a trámite
¿Cuánto tardará en admitirse mi demanda?
Lamentablemente se trata de una cuestión que no depende de nosotros. El tiempo de espera dependerá de la carga de trabajo del juzgado en el que haya recaído. Actualmente, la media se encuentre entre 8 y 15 meses. Ante cualquier novedad relevante, desde Arriaga Asociados nos pondremos en contacto contigo.
Mi expediente está en fase judicial
¡Felicidades! ¡Tu demanda ya ha sido admitida a trámite, te contamos algunas cosas que pueden suceder durante esta fase!
Las diferentes fases del procedimiento podrían variar en función de tu asunto, pero en términos generales, estos serán los siguientes pasos:
- El juzgado dará traslado de la demanda a la parte contraria para que conteste. El banco puede oponerse (no estar conforme) y presentar alegaciones en su defensa o puede allanarse, es decir, estar de acuerdo en todo o en parte de aquello que se le reclama
- Tras esto, se señalará fecha para la celebración de la audiencia previa al juicio. Solo es necesaria la asistencia de abogado y procurador.
- Una vez que se celebre, el juez podrá decidir si es necesario la celebración de juicio, o si, por el contrario, con la información de que dispone resulta suficiente para dictar sentencia.
- Si considera oportuno que se celebre juicio, señalará la fecha. En principio, no es necesario que acudas al juicio, salvo que el juez lo solicite expresamente. Tras esto, se dictará sentencia.
- Dentro de los siguientes 20 días hábiles tras la notificación de la sentencia, cualquiera de las partes puede interponer recurso.
- Si ninguna de las partes interpone recurso de apelación, la sentencia pasa a ser firme.
Ya tengo sentencia
¿Cuáles son los plazos para que la sentencia sea firme?
Una vez se dicta la sentencia, tienen que transcurrir 20 días hábiles para que la misma sea firme. En ese periodo las partes pueden presentar recurso, o solicitar aclaración o subsanación de sentencia.
¿Qué pasa si el banco recurre mi sentencia?
Desde Arriaga Asociados presentaremos alegaciones a dicho recurso y realizaremos todos los trámites necesarios. Deberemos esperar hasta que se resuelva para conocer la nueva sentencia. Te mantendremos informado ante cualquier novedad.
¿Cómo voy a cobrar mi dinero una vez que se ha dictado sentencia favorable?
Es posible que la entidad abone las cantidades por las que ha sido condenada en la cuenta de consignaciones del juzgado, o directamente en tu cuenta. Una vez realizado el ingreso por parte del banco, desde Arriaga Asociados procederemos a revisar las cantidades para ver si son correctas y se llevarán a cabo todas las gestiones necesarias que obtengas tu dinero.
¿Qué es un mandamiento de pago?
Es un documento físico que emite el juzgado cuando la parte demandada, banco, hace un ingreso en la cuenta de consignaciones del Juzgado tras una resolución favorable para el cliente. Por lo general, es el procurador quien, presentando este documento en el banco, retira las cantidades y posteriormente las pone a disposición del cliente.
¿Ya ha finalizado el procedimiento que más debo tener en cuenta?
¿Qué tipo de impuesto se aplica en mi factura?
Conforme consta en las Condiciones Generales de tu Hoja de Encargo, a todos los importes facturados se debe aplicar el impuesto sobre el valor añadido (IVA) correspondiente para los servicios Letrados (21%).
Para los clientes residentes en las Islas Canarias se aplicará el correspondiente IGIC.
Al no existir actualmente sucursal de Arriaga Asociados en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, se aplicará en la factura el correspondiente IVA, en lugar de IPSI, sin perjuicio de que los residentes de estas ciudades puedan solicitar ante la Agencia Tributaria la correspondiente compensación.
¿Dónde tengo que realizar el pago de honorarios?
El pago de la factura debe realizarse en el número de cuenta ES30 2100 5518 7202 0016 4707 de la entidad CAIXABANK.
¿Cuánto tiempo tengo para pagar la factura?
El plazo para el pago de la factura es de 30 días naturales desde su emisión.
Hay un error en los datos de facturación ¿Se puede cambiar?
En el supuesto de ser necesario una modificación de los datos de facturación –nombre, dirección postal o DNI- rogamos nos informes a la mayor brevedad posible.
Tengo más dudas, ¿a dónde puedo dirigirme?
Puedes realizar directamente una consulta desde el apartado MIS CONSULTAS, directamente en TU ESPACIO ARRIAGA
También, si lo prefieres, puedes enviarla a la dirección de correo clientes@arriagaasociados.com.
Nuestro equipo te dará respuesta a la mayor brevedad posible.
