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El Tribunal Supremo condena a Catalunya Caixa Banc por Preferentes

Autor: Equipo Arriaga

TS condena a Catalunya Caixa Banc por prefeentes

Sentencia histórica del Tribunal Supremo que condena a Catalunya Bank por participaciones preferentes,  la entidad tiene que devolver 122.647 euros a los ahorradores afectados.

La Sala Civil del Supremo anula la sentencia de la Audiencia de Zaragoza que daba la razón al banco, lo que supone una gran victoria para todos los preferentistas.

 

Nuevo impulso en la lucha de los preferentistas

Antes el perfil personal era fundamental a la hora de reclamar los ahorros invertidos en preferentes, subordinadas, etc., pero con las novedades del Supremo este hecho pierde ahora relevancia… ya no sólo se consideran engañadas las personas mayores, con poca formación o en situaciones de extrema vulnerabilidad, sino que se amplía esa franja a personas con estudios o que han contratado productos financieros complejos anteriormente.

La explicación ofrecida es sencilla: si los ahorradores invirtieron en algún otro producto antes, más que considerarlos inversores es probable que hayan sido engañados más veces por su entidad bancaria. Esto parece tener bastante sentido… ¿quién quiere perder sus ahorros?

 

Las condiciones de los bancos se quedan obsoletas

Algunos de los requisitos que se exigían en los arbitrajes ofrecidos por la actual Abanca, Bankia o Catalunya eran carecer de experiencia en productos de inversión, no disponer de conocimientos financieros y tener un patrimonio reducido. Es decir, todos aquellos clientes que incumplieran todas o alguna de estas características se quedaban fuera.

Tener ciertos conocimientos financieros o un patrimonio elevado, según el Supremo, no anula la “mala comercialización”. Además, el Alto Tribunal corrobora los argumentos que venimos utilizando en las reclamaciones de nuestros clientes desde la presentación de las primeras demandas: incumplimiento del “deber de información sobre los productos financieros complejos que le imponía la directiva comunitaria MIFID”.

Es decir, los preferentistas que perdieron sus ahorros no conocían la realidad de lo que estaban contratando. Según nuestros clientes, la mayoría de las veces en el banco les informaban de las numerosas bondades del producto, sin ni siquiera nombrar los peligros o incertidumbres a los que se enfrentaban.

 

Comienza una nueva etapa de muy buenos augurios

Imaginemos un cliente con un perfil habitual.

  • Autónomo/a que dirige una pequeña empresa, con formación y algunos conocimientos financieros.

 

  • Antes de contratar las participaciones preferentes, tuvo sus ahorros en un plazo fijo durante años. Además, también invirtió en un producto estructurado.

 

  • Cuando salió a la luz todo el asunto del engaño, la frustración y la decepción afectaron a su relación con la entidad bancaria.

 

  • El arbitraje ofrecido por su banco supuso un gran alivio, hasta que fue rechazado por no cumplir los requisitos.

 

  • El sentimiento de injusticia y desprotección aumentó.

 

Con la Sentencia del Supremo la historia cambia. Ahora también se reconocen tus derechos, puedes confiar en la justicia.

 

Recupera el 100% de tus ahorros

Con el 98% de las sentencias en primera instancia a nuestro favor y el 99% en apelaciones, conocemos en profundidad el proceso de reclamación de las participaciones preferentes, obligaciones subordinadas y otros productos complejos bancarios.

Creemos que esta sentencia es una victoria para los profesionales que defendemos las buenas prácticas bancarias y, por supuesto, para todos los afectados, suponiendo un antes y un después en la lucha de los preferentistas rechazados por los bancos.

Para cualquier duda, te asesoramos gratuitamente y sin compromiso. 900 264 600.

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