ABOGADOS DE DIVORCIO

Si estás pensando en divorciarte o necesitas regular una separación, nuestro equipo de abogados de familia te acompaña durante todo el proceso para proteger tus derechos y ayudarte a tomar decisiones con seguridad.

¿Cuál es tu situación actual?

¿EN QUÉ PODEMOS AYUDARTE DESDE ARRIAGA ASOCIADOS?

Te asesoramos tanto en divorcios de mutuo acuerdo como en divorcios contenciosos, con o sin hijos, y estudiamos tu caso para encontrar la vía más rápida, eficaz y menos conflictiva posible.

Nos encargamos de revisar tu situación personal, redactar el convenio regulador cuando exista acuerdo, defender tus intereses ante el juzgado y resolver cuestiones como custodia, pensión de alimentos, vivienda familiar, reparto de bienes o pensión compensatoria.

Sabemos que un divorcio puede ser un momento delicado. Por eso trabajamos con cercanía, claridad y discreción desde la primera consulta.

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¿Por qué elegirnos como abogados de divorcio?

Primera valoración personalizada

Analizamos tu situación y te
explicamos las opciones legales disponibles según tu caso.

Acompañamiento integral

Te guiamos desde la negociación inicial hasta la firma del convenio o la resolución judicial.

Defensa de tus intereses

Buscamos acuerdos equilibrados y, si no es posible, defendemos tu posición ante los tribunales.

Así es nuestro procedimiento paso a paso

Hemos diseñado un proceso claro para que sepas en todo momento qué pasos hay que dar:

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REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN PARA INICIAR UN DIVORCIO

Para estudiar tu divorcio y comenzar el procedimiento, normalmente necesitaremos revisar la siguiente información:

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Documentación personal

Para estudiar tu divorcio y comenzar el procedimiento, normalmente necesitaremos revisar la siguiente información:

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Información económica y familiar

Nóminas, declaraciones de la renta, hipoteca, vivienda familiar, cuentas, bienes comunes y cualquier acuerdo previo entre los cónyuges.

Opiniones sobre divorcios

PREGUNTAS FRECUENTES

  • De mutuo acuerdo: Suele tardar entre 1 y 3 meses por vía judicial. Si no hay hijos menores ni dependientes, se puede realizar ante notario (divorcio exprés) y resolverse en cuestión de días o un par de semanas.
  • Contencioso: Al no haber acuerdo y requerir la celebración de un juicio, el proceso es mucho más largo. Generalmente demora entre 6 meses y más de un año, dependiendo de la complejidad del caso (reparto de bienes, custodia) y del volumen de trabajo del juzgado.

Sí, es estrictamente obligatorio en todos los casos en España, sin excepciones.

  • Divorcio judicial: Tanto si es de mutuo acuerdo como contencioso, la ley exige la intervención de un abogado(para el asesoramiento y defensa) y de un procurador (para la representación en el juzgado). En los divorcios de mutuo acuerdo, ambos cónyuges pueden compartir el mismo abogado y procurador para abaratar costes.
  • Divorcio ante notario (exprés): Aunque sea un trámite extrajudicial, es indispensable que los cónyuges estén asistidos por un abogado. Este profesional redactará el convenio regulador y deberá estar presente para firmar la escritura pública junto a ellos.

Sí. El plazo para reclamar la indemnización comienza a contar desde la fecha de alta médica, es decir, desde el momento en que finaliza el proceso curativo o se estabilizan las lesiones. Por eso es tan importante analizar cada caso de forma individual.

El convenio regulador es el documento legal, elaborado de mutuo acuerdo por los cónyuges (con la asistencia de un abogado), que establece las normas y consecuencias que regirán su vida tras el divorcio.

Para que sea válido y vinculante, debe ser aprobado por un juez o un notario. Este documento debe recoger obligatoriamente acuerdos sobre los siguientes puntos:

  • Hijos: Quién ostentará la guarda y custodia, cómo será el régimen de visitas y comunicaciones, y cómo se ejercerá la patria potestad.
  • Vivienda: A quién se le atribuye el uso de la vivienda y del ajuar familiar.
  • Aspectos económicos: La cuantía de la pensión de alimentos (para cubrir las necesidades de los hijos) y, si procede, la pensión compensatoria (si el divorcio produce un desequilibrio económico grave para uno de los cónyuges).
  • Bienes: La liquidación y el reparto del patrimonio y las deudas comunes (aunque este paso puede posponerse).

Sí, absolutamente. En España, nadie puede ser obligado a permanecer casado.

  • Voluntad unilateral: Basta con que uno de los cónyuges lo decida y lo solicite. La ley no exige el consentimiento de la otra parte ni requiere que se alegue ninguna causa o motivo para justificar la ruptura.
  • Requisito de tiempo: El único requisito general es que hayan transcurrido al menos 3 meses desde la celebración del matrimonio. (Este plazo no aplica si existe riesgo para la vida, integridad física o moral de quien lo solicita o de los hijos).
  • Procedimiento: Al no contar con la conformidad de tu pareja, el proceso deberá tramitarse obligatoriamente por la vía contenciosa mediante la presentación de una demanda judicial.

La existencia de hijos menores introduce requisitos legales específicos en el proceso de divorcio para garantizar en todo momento su bienestar y su interés superior:

  • Vía judicial obligatoria: No es posible recurrir al divorcio ante notario. El trámite debe llevarse a cabo obligatoriamente ante un juez, ya sea de mutuo acuerdo o por la vía contenciosa.
  • Intervención del Ministerio Fiscal: Es obligatoria la participación del Ministerio Fiscal en el procedimiento. Su función será revisar los acuerdos y el proceso para asegurar que los derechos de los menores estén totalmente protegidos.
  • Adopción de medidas: El convenio regulador (o la sentencia dictada por el juez, si no hay acuerdo) debe establecer de manera obligatoria disposiciones claras sobre:
    • El modelo de guarda y custodia (exclusiva para uno de los progenitores o compartida).
    • El régimen de visitas y estancias para el progenitor con el que no convivan habitualmente.
    • La pensión de alimentos para cubrir sus gastos de manutención, educación y sanidad.
    • La atribución del uso de la vivienda familiar, que habitualmente se otorga al cónyuge que ostente la custodia de los hijos.

Sí, es plenamente posible a través de un procedimiento legal denominado modificación de medidas.

Para que esta modificación sea aprobada, la ley exige un requisito fundamental: debe haberse producido un cambio sustancial, permanente e imprevisible en las circunstancias respecto al momento en que se aprobó el convenio o se dictó la sentencia original.

  • Causas justificadas: Ejemplos habituales incluyen la pérdida prolongada de empleo, una variación drástica en los ingresos de uno de los cónyuges, un cambio de residencia a otra ciudad, o nuevas necesidades económicas de los hijos al crecer.
  • Procedimiento: Puede llevarse a cabo de mutuo acuerdo (redactando y presentando un nuevo convenio regulador ante el juez) o por la vía contenciosa (interponiendo una demanda judicial para que un juez analice las pruebas y decida si procede el cambio).

El coste de un divorcio exprés en España depende principalmente de la vía elegida (notarial o judicial) y de si se incluyen otros trámites como el reparto de bienes, pero suele oscilar entre los 400 € y los 1.200 € en total:

  • Ante Notario (sin hijos menores):
    • Coste orientativo: Entre 400 € y 1.000 € (a dividir entre los dos cónyuges si comparten profesional).
    • Conceptos: Incluye los honorarios del abogado (redacción del convenio regulador) y los aranceles de la notaría (que suelen estar entre los 150 € y 300 € según la extensión del documento).
  • Vía judicial de mutuo acuerdo (obligatoria con hijos menores):
    • Coste orientativo: Entre 500 € y 1.200 € (importe global).
    • Conceptos: Incluye los honorarios del abogado y del procurador. Al ser de mutuo acuerdo, la ley permite utilizar el mismo abogado y procurador para ambos, lo que reduce el coste a la mitad para cada cónyuge (unos 250 € – 600 € por persona).

Nota sobre costes añadidos: Si en el convenio regulador se incluye la liquidación de bienes o del régimen económico matrimonial (reparto de vivienda, cuentas o hipotecas), el coste aumentará debido al trabajo jurídico extra y a los impuestos o aranceles notariales/registrales derivados.

El tiempo de tramitación de un divorcio exprés (de mutuo acuerdo) depende de la vía por la que se formalice:

  • Ante notario (sin hijos menores): Es la opción más rápida. Una vez que el abogado redacta el convenio regulador, la firma en notaría suele completarse en unos días o un par de semanas, dependiendo de la disponibilidad del notario.
  • En el juzgado (obligatorio si hay hijos menores): El proceso es más lento ya que depende de la carga de trabajo del juzgado y requiere la revisión del Ministerio Fiscal. Generalmente tarda entre 1 y 3 meses.

Para tramitar un divorcio exprés (de mutuo acuerdo) en España, se requiere reunir y aportar la siguiente documentación oficial:

  • Documentos de identidad: Copia del DNI, NIE o Pasaporte en vigor de ambos cónyuges.
  • Certificado literal de matrimonio: Debe solicitarse en el Registro Civil donde se inscribió el matrimonio (suele exigirse que tenga una antigüedad máxima de 3 meses).
  • Certificado literal de nacimiento de los hijos: En caso de tener hijos en común, también expedido por el Registro Civil.
  • Certificado de empadronamiento: De al menos uno de los cónyuges. Sirve para acreditar qué juzgado o notaría es territorialmente competente para llevar el caso.
  • Convenio Regulador: El documento redactado por el abogado y firmado por ambos cónyuges que recoge las medidas acordadas.
  • Poder general para pleitos: Exclusivo para la vía judicial. Es un documento (que se hace ante notario o en el propio juzgado) para otorgar la representación legal al procurador.
  • Documentación económica (si procede): Si se van a establecer pensiones (de alimentos o compensatoria) o a liquidar el patrimonio común, será necesario aportar nóminas, declaraciones de la renta, escrituras de propiedades o certificados bancarios.

Para solicitar un divorcio de mutuo acuerdo en España, se deben cumplir los siguientes requisitos legales básicos:

  • Voluntad conjunta: Ambos cónyuges deben estar plenamente de acuerdo tanto en la decisión de divorciarse como en las condiciones de la separación.
  • Plazo mínimo: Deben haber transcurrido al menos 3 meses desde la fecha de celebración del matrimonio (salvo casos excepcionales de riesgo para la vida o integridad de uno de los cónyuges).
  • Convenio regulador: Es imprescindible redactar y presentar este documento, donde se detallan los acuerdos alcanzados sobre la custodia de los hijos, el uso de la vivienda, las pensiones y el reparto de bienes.
  • Asistencia legal: Es obligatorio contar con un abogado que redacte el convenio y asesore durante el proceso. Si el trámite se realiza en el juzgado, también será necesario un procurador.
  • Elegir la vía adecuada: Si existen hijos menores no emancipados o con la capacidad modificada judicialmente, el trámite debe realizarse obligatoriamente en el juzgado. Si no hay hijos menores, se puede optar por firmar el divorcio ante notario (la opción más rápida).

Un divorcio de mutuo acuerdo cuando existen hijos menores o dependientes suele tardar entre 1 y 3 meses.

Aunque es un proceso relativamente rápido, el tiempo exacto dependerá de la carga de trabajo del juzgado, ya que este tipo de divorcio presenta dos particularidades legales obligatorias:

  • Vía judicial exclusiva: Al haber menores, la ley prohíbe el divorcio notarial. El proceso debe tramitarse íntegramente en un juzgado.
  • Intervención del Ministerio Fiscal: Antes de que el juez dicte sentencia, el fiscal debe revisar obligatoriamente el convenio regulador propuesto por los padres para garantizar que las medidas (custodia, visitas, pensiones) protegen adecuadamente el bienestar e interés de los hijos.

Sí, es estrictamente obligatorio en todos los casos. La legislación española no permite divorciarse sin la asistencia de un profesional legal, incluso si existe un acuerdo total entre las partes.

  • Vía judicial: Requiere la intervención obligatoria de un abogado y un procurador. La gran ventaja del mutuo acuerdo es que ambos cónyuges pueden estar representados y asesorados por el mismo abogado y procurador, lo que reduce los costes a la mitad.
  • Vía notarial: Si se opta por firmar el divorcio ante notario (solo posible si no hay hijos menores), también es indispensable la intervención de un abogado. Este se encarga de redactar el convenio regulador y debe estar presente durante la firma de la escritura pública en la notaría.

Para presentar una demanda de divorcio de mutuo acuerdo por la vía judicial en España, se deben seguir estos pasos formales:

  1. Contratar abogado y procurador: Es el requisito inicial. La ventaja es que ambos cónyuges pueden compartir los mismos profesionales, compartiendo así los gastos.
  2. Redactar el convenio regulador: El abogado elaborará este documento plasmando todos los acuerdos alcanzados por la pareja (custodia, uso de la vivienda, pensiones, etc.). Ambos cónyuges deben firmarlo previamente.
  3. Reunir la documentación: Se deben adjuntar los certificados literales de matrimonio y del nacimiento de los hijos, el certificado de empadronamiento y el poder general para pleitos.
  4. Presentación en el juzgado: El procurador presentará formalmente el escrito de demanda, junto con el convenio regulador y la documentación, en el Juzgado de Primera Instancia del último domicilio conyugal o el de cualquiera de los cónyuges.
  5. Ratificación judicial: Una vez que el juzgado admite la demanda, citará a ambos cónyuges para que acudan personalmente. Allí deberán confirmar (ratificar) por separado ante el juez o letrado de la administración de justicia su deseo de divorciarse y su conformidad total con el convenio firmado.

Tras la ratificación (y el visto bueno del Fiscal si hay hijos menores), el juez dictará la sentencia de divorcio.