RECLAMAR LA FINANCIACIÓN DE TU COCHE

¿Financiaste tu coche? Puede que pagaras de más

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INTERESES ABUSIVOS EN EL PRÉSTAMO DE TU COCHE

Si cuando fuiste al concesionario a comprar tu coche firmaste un contrato de financiación que incluía un seguro vinculado (por ejemplo, un seguro de vida o de protección de pagos), seguramente no te dieron la información necesaria y es probable que dichos seguros no se incluyeran en el cálculo de la TAE, con la consecuencia de que pagaste una TAE superior a la que figura en tu contrato.

La ley obliga a que el coste del seguro se refleje en la TAE. Si no se hizo así el contrato puede declararse nulo y podrás recuperar todos los intereses que hayas pagado.

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PREGUNTAS FRECUENTES

Cualquier persona que haya financiado un coche como particular (no como empresa) para destinarlo a un uso personal, que al mismo tiempo haya contratado seguros (principalmente, de vida y de protección de pagos) y que dichos seguros no se hayan incluido en el cálculo de la TAE, lo que acreditará un informe elaborado por peritos economistas que se acompañará con la demanda. Tanto si todavía estás pagando el préstamo como si ya lo terminaste, puede que aún estés a tiempo de reclamar.

Es complicado, pero no imposible. Tienes derecho a solicitar una copia del contrato a la entidad financiera — están obligados a dártela. Cuéntanos tu situación y vemos qué documentación alternativa puede servir.

Depende del caso. Si la entidad financiera responde favorablemente a la reclamación extrajudicial, el proceso puede resolverse en unos pocos meses. Si hay que ir a vía judicial, los plazos se alargan, aunque muchos casos se resuelven en un plazo de tiempo breve. En nuestra valoración inicial te daremos una estimación realista según tu situación concreta.

Hay varias señales de alerta que deberías revisar en tu contrato:
– ¿Aparece un seguro entre los productos que contrataste? Busca palabras como «seguro de vida o “PPP” (seguro de protección de pagos).
– ¿Te explicaron el coste real del seguro antes de firmar?
Si tienes dudas, mándanos el contrato y te lo revisamos gratuitamente. No hace falta que seas experto.

Es un cargo que el banco o la financiera te cobra al inicio del préstamo por tramitar la operación. Puede ser un porcentaje del dinero que pides o una cantidad fija.
Si la comisión de apertura supera el 1,5% del capital prestado, podría ser reclamable.

La financiación al 0% existe, pero hay que leer bien la letra pequeña. En muchos casos, el «0% de interés» va acompañado de un seguro obligatorio, una comisión de apertura elevada o un precio del coche más alto que si hubieras pagado al contado. Si te ofrecieron financiación al 0% pero firmaste un seguro al mismo tiempo, el coste real puede ser muy diferente al anunciado.

El principal es que el coste real no siempre es cero. Los concesionarios y financieras tienen que ganar dinero de algún sitio, así que el «0%» suele compensarse con:
– Seguros vinculados que aumentan la cuota mensual.
– Precios de venta más altos que si pagas al contado.
– Comisiones de apertura o cancelación que no se mencionan al principio.
Antes de firmar cualquier financiación, compara siempre la TAE (no solo el TIN), que es el indicador real del coste total del préstamo.

Es un tipo de préstamo donde las cuotas mensuales son más bajas porque al final del contrato queda una cuota grande, llamada «valor residual» o «cuota final». Al llegar a esa última cuota, puedes pagar, devolver el coche o renovarlo.
Parece cómodo, pero el coste total suele ser mayor. Y si tiene seguros vinculados no declarados correctamente, también puede ser reclamable.

El perito judicial analiza el contrato de financiación para identificar cláusulas abusivas y para calcular la TAE real que efectivamente has abonado, que será mayor que la TAE que figura en el contrato. Su función principal es emitir un informe técnico que cuantifica el dinero exacto que el banco te debe devolver, sirviendo como prueba fundamental ante el juez.

Porque aporta los cálculos que sostienen tu reclamación. Los jueces no calculan los importes y por eso precisan del cálculo realizado por un experto. Sin este informe pericial, la demanda carece de base probatoria y aumentan las posibilidades de que sea rechazada.

Su trabajo se divide en tres fases consecutivas:

  • Fase 1: Estudio de viabilidad. Revisa tu contrato de financiación para confirmar si existen irregularidades reclamables.
  • Fase 2: Redacción del informe. Realiza los cálculos financieros y redacta el dictamen pericial definitivo con las cantidades a reclamar.
  • Fase 3: Ratificación judicial. Solo en caso de que el juez lo considere necesario, el perito está presente en el juicio para defender sus conclusiones ante el juez y para responder a las preguntas que le formule el abogado de la financiera o incluso el propio juez.

Es el acto donde el perito comparece ante el juez para explicar, defender y confirmar los cálculos de su informe. Su relevancia es máxima: si el banco intenta desmontar la reclamación, la defensa firme y presencial de tu perito desarmará su estrategia.

Normalmente los juzgados admiten la comparecencia en el juicio de forma telemática (videoconferencia) por lo que sólo excepcionalmente han de desplazarse a instancias judiciales. En ambos casos, el valor legal es exactamente el mismo y el cliente no tiene que intervenir.