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La justicia europea concede la retroactividad total de la cláusula suelo

Autor: Equipo Arriaga

En el blog de Arriaga Asociados, te contamos los detalles de la resolución de la justicia europea sobre la retroactividad total de la cláusula suelo.

Hoy, día 21 de diciembre de 2016, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha fallado a favor de los consumidores declarando la nulidad de las cláusulas suelo, al considerar que la devolución de las cantidades cobradas en exceso se debían restituir con carácter retroactivo, es decir, desde la firma de la hipoteca. La esperada resolución ha sido tomada en sentido favorable para millones de familias. Así, el TJUE en un comunicado publicado esta misma mañana afirmaba que “La jurisprudencia española que limita en el tiempo los efectos de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo contenidas en los contratos de préstamo hipotecario en España es incompatible con el Derecho de la Unión”.

 

En dicharesolución, el Tribunal europeo considera incompleta e insuficiente la protección de los consumidores, quienes no fueron informados debidamente –incumpliéndose los controles de inclusión y transparencia fijados por la legislación- sobre la cláusula suelo inserta en sus préstamos con garantía hipotecaria, ofreciendo de esta forma todo tipo de garantías ante la reclamación judicial para recuperar las cantidades pagadas en exceso.

 

El referido órgano jurisdiccional defiende que las consecuencias propias de la declaración de abusividad de una cláusula serán la restitución de la situación previa a la suscripción de la misma, debiéndose por tanto devolver las cantidades abonadas de más a todas las personas que hubieran suscrito préstamos hipotecarios que contuvieran la polémica cláusula.

 

 

Consecuencias de la retroactividad total de la cláusula suelo

 

El pronunciamiento del TJUE se separa una vez más de las conclusiones del Abogado General, para hacer cumplir literalmente la ley, y así lo fundamenta “La declaración judicial del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula”.

 

Ello supone en definitiva que todos los afectados que tengan una cláusula suelo en su hipoteca deben reclamar judicialmente para que quede eliminada la misma y recuperen así el dinero abonado en exceso desde el inicio del préstamo. 

 

Los Juzgados y Tribunales de nuestro país llevan un tiempo suspendiendo las sentencias para conocer el pronunciamiento del TJUE. Tras el mismo que da la razón a los ciudadanos, no cabe duda alguna, la nulidad no se limita y los jueces exigirán a los bancos la devolución de todo el importe abonado de más por la cláusula suelo.

 

Desde Arriaga Asociados siempre hemos defendido la retroactividad de la cláusula suelo por ser el único pronunciamiento acorde a la legislación vigente, a la realidad vivida y, sobre todo, a las necesidades de nuestros clientes. Hoy podemos celebrar que los consumidores y usuarios pueden hacer valer sus derechos ante los tribunales sin que los mismos se vean limitados. 

 

Autores: Manuel Castaño y Fernando Prida

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