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Ficheros de Morosos

¿Te han incluido en un fichero de morosos de forma indebida?

Solicitamos una indemnización si estás incluido en un fichero de morosos de forma indebida, además, te ayudamos a conocer si tus datos están incluidos en un fichero y cómo salir de ellos.

Si tus datos han sido incluidos en una lista de morosos de forma incorrecta solicitamos al acreedor una indemnización​, además, a continuación te mostramos cómo conocer si tus datos están incluidos en un fichero de morosos y cómo salir de ellos.

¿Qué son los ficheros de morosos?

Los ficheros de solvencia patrimonial, comúnmente conocidos como ficheros de morosos, son utilizados por las entidades de crédito (bancos, cajas, aseguradoras…) para evaluar la solvencia económica de los interesados y contribuir a mejorar la solvencia del sistema financiero y facilitar el tráfico mercantil. Sin embargo, en los últimos años estos ficheros se emplean como instrumento coactivo hacia los deudores para que paguen lo que ha supuesto que las reclamaciones por inclusión indebida se hayan incrementado.

¿Cómo puedo saber si estoy en un fichero y cómo puedo salir de él?

Sabemos que estar en un fichero de morosos o tener dudas de estar en uno de ellos, genera una situación de angustia. Por ello en los siguientes enlaces te facilitamos información para conocer si tus datos están publicados en uno de los principales ficheros de morosos y cómo cancelar tus datos de un fichero si apareces en uno de ellos.

Siempre que tus datos personales hayan sido incluidos por error o de forma indebida en una lista de morosos porque estés discutiendo la deuda, o bien, si has pagado tu deuda pero sigues incluido en la lista, acude a Arriaga Asociados, te informaremos y asesoramos sobre cómo solicitar una indemnización por daños y perjuicios sufridos.

¿Cuándo me han incluido de forma indebida en un fichero de morosos?

Puede ocurrir que en la inclusión en el fichero no se hayan respetado los requisitos que exige la ley, la deuda se ha publicado de forma incorrecta cuando:

  • La deuda no debería existir porque había sido pagada o no tenías obligación de cumplirla.
  • Has reclamado esa deuda de alguna manera se han mandado mails a ATC, se ha iniciado un procedimiento judicial o de consumo.
  • Además, la deuda no puede llevar más de 5 años publicada en el fichero (desde que se contrajo la deuda).

Si alguno de estos requisitos se cumple, el acreedor te incluyó de forma indebida y puedes solicitar una indemnización por los daños sufridos.

 

¿Puedo reclamar una indemnización por esta inclusión indebida?

SÍ. En primer lugar, intentaremos llegar a un acuerdo con el acreedor que publicó sus datos solicitándole que elimine sus datos del fichero (si es que siguen publicados) y le indemnicen por el perjuicio que ha sufrido. Si el acreedor no acepta nuestra propuesta, interpondremos una demanda en los juzgados por intromisión en el derecho al honor y solicitaremos que condenen al acreedor a pagarte una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.

 

 ¿Cuánto puedo conseguir de indemnización? Casos de éxito en Arriaga Asociados.

Nuestros clientes son indemnizados con 6.000€ de media, esta cantidad no está relacionada con la cuantía de la deuda incluida en el fichero, ni se recupera ninguna cantidad pagada anteriormente, es una indemnización que recibes de cero por los daños que te han ocasionado.

Algunos de nuestros casos de éxito son:

  • Juzgado de 1ªInstancia nº 13 de Madrid, nº 384/2024 de septiembre de 2024, condena a una empresa eléctrica a pagar 6.000€; Juzgado de 1ªInstancia nº8 de Leganés (Madrid), nº 36/2024, de marzo de 2024 condena a una empresa de carburantes a pagar 6.000€.
  • Juzgado de 1ªInstancia nº 1 de Barcelona, nº 98/2020 de julio de 2020, condena a una empresa telefónica a pagar 5.000€; Juzgado de 1ªInstancia nº 47 de Barcelona, nº 66/2021 de marzo de 2021, condena a un banco a pagar 5.000€.
  • Juzgado de 1ªInstancia nº 15 de Alicante, nº 439/2023 de diciembre de 2023, condena a una empresa de venta a domicilio a pagar 10.000€.
  • Juzgado de 1ªInstancia nº 13 de Palma de Mallorca, nº 390/2024 de julio de 2024, condena a una entidad bancaria a pagar 5.500€.
  • Juzgado de 1ªInstancia nº 4 Vélez Málaga, nº 161/2024 de septiembre de 2024, condena a un banco a pagar 7.200€.
  • Juzgado de 1ªInstancia nº 15 de Haro (La Rioja), nº 111/2024 de junio de 2024, condena a un banco a pagar 12.000€.[/bloque]

¿Qué necesito aportar para saber si tengo derecho a solicitar una indemnización?

Para poder realizar el estudio de su caso necesitamos que acudas a tu cita con toda la documentación de la que dispongas, pero te orientamos en lo que es más importante:

  • Documento del fichero ( ya sea Asnef-Equifax, Experian-Badexcug o CIRBE) con sus datos personales publicados en él: en ese documento constará el acreedor que le incluye, la fecha enla que le han incluido y la cuantía de la deuda. El documento puede ser de fecha actual (si no sabes cómo conseguirlo te informamos aquí) o de fecha pasada (por ejemplo, puede ser de hace 1 año o más).
  • Documentación sobre la deuda incluida en el fichero: se podrá aportar el contrato, las facturas o documentos que reflejen la deuda. Si usted tiene dudas sobre dónde viene la deuda que le han publicado pregunte al acreedor la procedencia de la deuda (por mail, por ejemplo).
  • Documentación sobre el motivo por el que la deuda no ha sido incluida de forma correcta: si es porque la deuda no debería existir: factura de pago, que el contrato ya finalizó, error en la facturación, que el contrato no se cumplió, etc.; si la deuda estaba reclamándose: documento que pruebe el inicio o tramitación de esa reclamación ante la empresa acreedora, organismo de consumo o juzgado.

 

¿Por qué Arriaga Asociados?

Miles de clientes satisfechos y sentencias ganadas avalan nuestro trabajo. Llámanos y te diremos cómo te podemos ayudar.

 

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