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Con la fusión de Catalunya Caixa y BBVA, ¿qué sucede con la cláusula suelo?

Autor: Equipo Arriaga

Cláusula suelo

 

 

El pasado 13  de mayo de 2016 se publicó el Hecho Relevante 238657 por el cual se comunica la aprobación de la fusión por absorción de Catalunya Banc (sociedad absorbida) por parte de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (sociedad absorbente), quedando pendiente la eficacia del acuerdo de la obtención de las autorizaciones administrativas y los trámites pertinentes.

 

¿Qué ocurrirá con las cláusulas suelo de los préstamos concedidos por Catalunya Caixa?

 

Ante noticias como ésta, es normal que el prestatario se plantee este tipo de dudas, con más razón al ser la sociedad absorbente una de las condenadas a eliminar de sus préstamos hipotecarios las cláusula suelo declaradas nulas por el TS el 9 de mayo de 2013.

En primer lugar, aclarar que las cláusulas declaradas nulas en la famosa Sentencia del Alto Tribunal fueron las incluidas en escrituras formalizadas con BBVA y, por lo tanto, la nulidad no se extiende a las cláusulas incluidas en préstamos concedidos por la absorbida.

Una vez aclarado este punto, debemos atender a las particularidades de los préstamos hipotecarios donde aparece la cláusula suelo de Catalunya Caixa; puesto que en abril de 2015, Catalunya Caixa, cedió parte de sus créditos hipotecarios al Fondo de Titulización de Activos, FTA2015, representado por GestiCaixa, S.G.F.T.,S.A.

Respecto a los préstamos hipotecarios sobre vivienda concedidos a consumidores que no ha cedido al mencionado Fondo, la entidad anunció, con efectos el 1 de julio, la eliminación voluntaria de la cláusula suelo. No obstante, esta suspensión en la aplicación de la cláusula no implica su nulidad y, por lo tanto, los afectados no han recuperado las cantidades indebidamente abonadas.

Será necesario presentar una demanda solicitando la declaración de nulidad y las cantidades indebidamente abonadas, al menos, desde la publicación de la Sentencia de 9 de mayo de 2013.

 

Asesórate y recupera lo que te pertenece

 

En cuanto a los derechos de crédito cedidos al Fondo de Titulización de Activos no se ha inaplicado esta cláusula controvertida y, a día de hoy, los prestatarios siguen sufriendo sus efectos. Atendiendo a la escritura de constitución del Fondo y de cesión de los derechos de crédito, Catalunya Caixa, es el emisor de unas participaciones hipotecarias que adquiere el referido Fondo.

En este sentido, tal y como informa la entidad en las comunicaciones remitidas a sus clientes en abril de 2015, el Fondo será el titular del derecho de crédito, mientras que la titularidad formal, así como su administración y custodia, continúan perteneciendo a Catalunya Caixa. En cuanto a esta última función de administración, la entidad bancaria decidió subcontratar la gestión a Anticipa Real Estate, S.L.U.

En cualquier caso, se trate de una hipoteca titulizada o no, Catalunya Banc haya procedido a inaplicar la cláusula suelo o no, si considera que su escritura puede contener este tipo de cláusulas, lo aconsejable es acudir a un abogado especializado en este tipo de asuntos para que le asesoren sobre la posible reclamación de acuerdo con las circunstancias que concurran en su caso concreto.

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