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Cómo reclamar las acciones de Bankia: ¡estás en plazo!

Autor: Equipo Arriaga

Cómo reclamar Acciones Bankia

 

Al igual que otros productos tóxicos bancarios sometidos a un plazo de caducidad, nos encontramos (una vez pasada dicha fecha) ante la pregunta de cómo reclamar. En este caso hablaremos del caso particular de las acciones Bankia y de la manera de resarcir el perjuicio sufrido en relación a la OPS de las mismas.

Cómo reclamar las acciones de Bankia

La acción de anulabilidad por error o vicio en el consentimiento caduca a los 4 años.

Lo que determinará en este supuesto la fecha desde la que empieza a contar dicho plazo es el llamado DIES A QUO, que nos dirá hasta qué fecha podremos ejercitar esta acción.

Como norma general estos cuatro años para reclamar empiezan a contar desde la fecha de consumación del contrato, esto es, desde que el accionista suscribe las acciones en 2011.

No obstante, el Tribunal Supremo nos marca como fecha de inicio el momento en el cual el suscriptor tiene conocimiento del error o vicio;  de este modo la famosa fecha de 25 de Mayo de 2016 nos marcaba la caducidad de la acción entendiendo como DIES A QUO la fecha en la cual la entidad demandada (Bankia) pone en conocimiento de la CNMV (Comisión Nacional de Mercado de Valores) que iba a proceder a una reformulación de las cuentas, lo cual constituía un hecho relevante.

Pero aún podríamos ejercitar la acción de anulabilidad si tenemos en cuenta el informe de los peritos del Banco de España, tomando como DIES A QUO la fecha de publicación de estos informes mediante los cuales quedaría reflejado que las cuentas de la entidad no eran correctas.

Si tomamos esta fecha como punto de partida nos encontraríamos con que el plazo para reclamar las acciones de Bankia caducaría en 2018, ya que dichos informes se presentaron en el año 2014.

 

Acciones adquiridas en el mercado secundario

En otro orden de cosas los inversores que adquirieron acciones de la entidad en el mercado secundario siguen teniendo enormes posibilidades de éxito ya que las acciones legales ejercitadas para el caso de la OPV pueden extenderse para el caso de la compra.

Tanto es así que no queremos dejar pasar la ocasión de comentar brevemente la reciente Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Ciudad Real en la que se desestima el recurso interpuesto por Bankia confirmando la Sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Daimiel.

Dicha Sentencia declara la nulidad de la adquisición en mercado secundario de las acciones de Bankia. Entre los fundamentos esgrimidos en la misma se alude a la “imagen de solvencia transmitida al comercializar las acciones a través del folleto…” confirmando que, efectivamente, “la información suministrada a los inversores no fueron reales”.

¿Hay otras acciones a ejercitar para reclamar las acciones de Bankia?

Es indudable que existió también un incumplimiento contractual (Art. 1101. C.C) por parte de Bankia, el cual nos permitiría ejercer una acción por daños y perjuicios. Nos encontraríamos en este caso con un plazo de 15 años para reclamar las acciones de Bankia según el Código Civil (Art.  1964).

No hay que olvidar que hay un nexo causal entre la producción del daño al accionista y la acción negligente (o dolosa) del banco al incumplir el contrato habida cuenta que la información proporcionada no se ajustaba a la realidad.

Es importante poner en conocimiento de todos aquellos accionistas que no recuperaron su inversión, bien por la vía judicial o extrajudicial, que siguen teniendo abierta la posibilidad de demandar a la entidad con una gran previsión de éxito.

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