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Sentencia del Supremo Favorable a Arriaga Asociados sobre la Deuda de Eroski-Fagor

Autor: Equipo Arriaga

deuda eroski

El pasado 16 de junio de 2019 el Tribunal Supremo dictó su sentencia nº 421/2019 sobre Aportaciones Financieras Subordinadas Eroski resolviendo a favor del adquirente, representado de Arriaga Asociados.

Esta sentencia es relevante para los adquirentes de AFS Eroski, incluso de AFS Fagor, pues el Tribunal Supremo insiste en que es el banco quien tiene la obligación de informar y asesorar correctamente al cliente, no sólo asegurándose de que el adquirente conoce el producto y sus riesgos, sino también si ese producto es el adecuado para su perfil inversor y su objetivo de inversión, y esto lo tiene que hacer con cada producto. 

Incumplimiento por parte del banco

Por esta razón, el Tribunal Supremo considera indiferente que ese mismo adquirente fuera cooperativista de Eroski, o que tuviera contratados previamente otros productos complejos, como ocurre en el caso de nuestro cliente que tenía también AFS Fagor. Si en el momento de contratar el nuevo producto el banco no informó correctamente al cliente sobre él, no le ofreció los documentos necesarios para informarle, y le permitió contratar un producto que no se ajustaba al perfil del cliente ni a su objetivo de inversión, si no que dicha contratación beneficiaba más al banco que al cliente, el Tribunal Supremo reconoce que el banco incumplió sus deberes legales de información

Otro tema controvertido en las preferentes Eroski y Fagor es el tema del plazo para interponer la demanda; en este caso el Tribunal Supremo se reafirma en su jurisprudencia previa y establece el inicio del plazo para reclamar no en el momento de la firma de la Orden de Valores, sino en un momento posterior, que es cuando el cliente tiene conocimiento de su error, es decir, que había contratado un producto “distinto y perjudicial” al que creía haber contratado.

Esta del Tribunal Supremo es una más a las sentencias ya existentes sobre AFS Eroski y Fagor en las que resuelve a favor del adquirente y en contra del banco, pues lo relevante en todo este asunto es el incumplimiento por parte del banco frente al cliente de sus obligaciones de información y asesoramiento.

Si eres un afectado por el caso Eroski- Fagor y tienes dudas sobre tu proceso, ponte en contacto con nosotros en el 900 2614 910. Como ves, el Alto Tribunal te da la razón.

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