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El IRPH cada vez más cuestionado. Nueva cuestión prejudicial para el TJUE.

Autor: Jesús María Ruiz de Arriaga Remirez

Llegan buenas noticias para los afectados por el IRPH hipotecario. Un juzgado de Donostia eleva una nueva cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, expresando sus dudas sobre la interpretación del Tribunal Supremo a favor de las entidades.

Está claro que los afectados y también los jueces, necesitan una solución definitiva sobre la interpretación de la jurisprudencia en torno al índice de hipoteca IRPH, por lo que en los últimos tiempos está habiendo movimientos. Este índice cada vez está más cuestionado, y aunque el Tribunal Supremo no ha cambiado de parecer, hay jueces de Primera instancia que no lo ven tan claro.

Como consecuencia de diferentes cuestiones planteadas a Europa, conocimos en marzo de 2020 y en noviembre de 2021 dos resoluciones esperanzadoras para los consumidores del Tribunal de Justicia de la UE en materia de IRPH, en las que se establece que es un índice complejo que debe someterse al control de transparencia y abusividad, tras ellas, el Tribunal Supremo se pronunció reinterpretando al Tribunal europeo con una sentencia en favor de las entidades. Después de esto, nos encontramos con que diferentes juzgados españoles no comparten la postura del Tribunal Supremo, manteniendo dudas en relación a diferentes aspectos del IRPH. Esto ha provocado se haya elevado una nueva consulta por parte de un juzgado español, en concreto:  la Magistrada Dª Eva Cerón Ripoll del Juzgado de Primera Instancia N.º 8 de Donostia-San Sebastián se cuestiona la interpretación probanco del Tribunal Supremo sobre el IRPH en relación con la jurisprudencia del TJUE en este ámbito, haciendo una comparativa entre ambas a lo largo de 11 preguntas.

Cuestión prejudicial muy positiva para los afectados por el IRPH

Con la nueva cuestión planteada se intenta conseguir que el TJUE diga que la actitud de los bancos al imponer el IRPH es contraria a la buena fe y generó desequilibrio en el consumidor, es decir, que la cláusula IRPH es abusiva, algo que el TS ha eliminado de golpe al considerar que el IRPH es un índice oficial y, por tanto, el banco actuó de buena fe al aplicarlo.

Para ello la Magistrada recurre a varios argumentos: no informar del diferencial negativo, la falta de información sobre la composición del IRPH, no entregar el Folleto Informativo, etc. y es de especial relevancia la propuesta que realiza una vez que el IRPH se declare abusivo: que se aplique el diferencial negativo de forma retroactiva y se restituyan las cantidades pagadas de más al consumidor.

La Magistrada expresa sus dudas en 11 puntos clave sobre el IRPH

Las dudas de la Magistrada ponen el foco en aquellos argumentos que utiliza el Tribunal Supremo para no reconocer la abusividad del IRPH. A lo largo de todos estos años, desde el inicio de la lucha contra el IRPH, el Tribunal Supremo ha retorcido las palabras, las afirmaciones y las consideraciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para no dar la razón a los consumidores.

Parece que por fin podríamos tener un pronunciamiento expreso del TJUE, ya que, a través de esta cuestión, la magistrada está pidiendo al Tribunal Europeo que se pronuncie sobre diversas cuestiones, sin poder dejar en manos del “juez nacional” la valoración del caso concreto, aspecto que ha sido usado por nuestro Alto Tribunal para no reconocer la abusividad del IRPH.

Una muy buena noticia que desde Arriaga Asociados apoyamos y aplaudimos. Confiamos en que se haga Justicia definitivamente y los afectados por el IRPH recuperen cada euro que han pagado indebidamente. Para más información, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en el 900 264 910, podemos ayudarte. Además, aconsejamos no aceptar un acuerdo del banco ni desistir si ya habías iniciado reclamación, ya que en general los acuerdos que ofrecen benefician a las entidades bancarias más que al hipotecado, que además, aceptando, renuncia a la posibilidad de emprender acciones legales a futuro.

Jesús María Ruiz de Arriaga

Fundador de Arriaga Asociados. En 2011 funda el despacho, desde su propio domicilio en Huesca junto con su esposa, y con el tiempo, con un grupo de colaboradores. Arriaga nace como proyecto emprendedor, de  la mano de las nuevas tecnologías, y orientado a un nuevo nicho de negocio: el derecho de los consumidores.

Ha compatibilizado esta labor con la de profesor a tiempo parcial en distintos centros formativos de gran prestigio como ESIC, Columbus IBS, la Universidad de Zaragoza,  Universidad Inca Garcilaso de la Vega (Perú), Cepebank (Perú), etc.  los campos de: Dirección Estratégica, Dirección Financiera, Marketing, Auditoría Financiera,

Jesús cuenta con 6 licenciaturas y 13 posgrados. Destaca la obtención de la licenciatura de derecho con prácticamente 50 años (Derecho, ADE, Ciencias del Trabajo, Investigación y Ciencias del Mercado, Empresariales)

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