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Nueva sentencia del TJUE que considera abusiva la Comisión de Apertura de las hipotecas si el banco no da información o el precio es excesivo

Autor: Jesús María Ruiz de Arriaga Remirez

Los consumidores han recibido hoy con esperanza el fallo clave del TJUE sobre la comisión de apertura de un crédito o de una hipoteca y su abusividad.  

El caso se inicia cuando un cliente demandó a CaixaBank para solicitarle la devolución de la comisión de apertura, 850 euros, al considerar abusiva la cláusula. Dos tribunales, en sentencia, dieron la razón al consumidor, pero la entidad recurrió al Tribunal Supremo.

El fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 16 de marzo de 2023 abre el debate sobre la abusividad de la comisión de apertura en los préstamos hipotecarios. Esta sentencia, que ha sido muy esperada por los consumidores, establece que el juez nacional debe comprobar si se trata de una cláusula abusiva o no, que no forma parte del “objeto principal del contrato”, como establece una jurisprudencia nacional. 

Antes de la sentencia del TJUE, muchos bancos en España cobraban una comisión de apertura que podía oscilar entre el 0,5% y el 2% del importe total del préstamo y que se consideraba una forma de financiar los gastos de gestión y tramitación de la hipoteca. Sin embargo, para muchos consumidores, esta comisión era injusta y abusiva, ya que no se correspondía con ningún servicio adicional prestado por el banco.

La sentencia del TJUE sobre la comisión de apertura deja claro que está sometida a control judicial

La sentencia del Tribunal europeo determina que el prestatario debe estar en condiciones de evaluar las consecuencias económicas que se deriven para él y entender la naturaleza de los servicios proporcionados por el banco a cambio de la comisión de apertura. Así mismo, debe poder verificar que no existe solapamiento entre los distintos gastos previstos en el contrato o entre los servicios que estos retribuyen.

En definitiva, esta resolución ha puesto de manifiesto la necesidad de que los jueces valoren si la comisión de apertura abonada en contratación de préstamos hipotecarios resulta abusiva y desproporcionada por lo que ha establecido un importante precedente para los consumidores que quieran reclamar la devolución de esta comisión. En este sentido, es importante que los consumidores estén informados sobre sus derechos y sepan que pueden reclamar la devolución de esta comisión si consideran que ha sido cobrada de forma abusiva.

Como explicamos, los consumidores cuentan con argumentos de peso para reclamar la comisión de apertura que pagaron en la contratación de sus hipotecas. Como siempre, en Arriaga Asociados te informaremos y asesoramos sobre la viabilidad de tu caso y cómo recuperar la comisión que pagaste. Solo tienes que llamarnos al teléfono gratuito 900 264 910 para que un abogado especializado valore tu situación.

 

Jesús María Ruiz de Arriaga

Fundador de Arriaga Asociados. En 2011 funda el despacho, desde su propio domicilio en Huesca junto con su esposa, y con el tiempo, con un grupo de colaboradores. Arriaga nace como proyecto emprendedor, de  la mano de las nuevas tecnologías, y orientado a un nuevo nicho de negocio: el derecho de los consumidores.

Ha compatibilizado esta labor con la de profesor a tiempo parcial en distintos centros formativos de gran prestigio como ESIC, Columbus IBS, la Universidad de Zaragoza,  Universidad Inca Garcilaso de la Vega (Perú), Cepebank (Perú), etc.  los campos de: Dirección Estratégica, Dirección Financiera, Marketing, Auditoría Financiera,

Jesús cuenta con 6 licenciaturas y 13 posgrados. Destaca la obtención de la licenciatura de derecho con prácticamente 50 años (Derecho, ADE, Ciencias del Trabajo, Investigación y Ciencias del Mercado, Empresariales)

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