¿Cómo puedo saber si un fallecido ha dejado testamento?
Autor: Equipo Arriaga-
Saber si un fallecido ha dejado o no testamento es tan sencillo como acudir con el certificado de defunción al Registro de Actos de Últimas Voluntades.
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En caso de existir testamento, deberemos dirigirnos al notario ante el que se otorgó para solicitar una copia.
El proceso de localizar un testamento puede estar motivado por, entre otros motivos, reclamar una herencia al considerar que no se respetaron las últimas voluntades del fallecido, o ante el propio desconocimiento del fallecimiento del testador. ¿Es sencillo saber si un fallecido ha dejado testamento? ¿Cómo podemos llegar a localizarlo?
En el Registro de Actos de Últimas Voluntades nos informarán de si el fallecido otorgó o no testamento.
Fuente; pixabay.com
Nadie puede conocer el contenido de un testamento en vida del testador, de no haber sido autorizado expresamente por él y, una vez fallecido, si nos encontramos entre el grupo de herederos podemos obtener una copia del mismo para conocer cómo decidió repartir su herencia y lo que nos corresponde. Debemos tener en cuenta que, como herederos, el notario no tiene la obligación de comunicarnos el fallecimiento del testador y somos nosotros, como interesados, los encargados de realizar los trámites para obtener una copia.
El primer paso para localizar un testamento pasa por solicitar el certificado de defunción. Posteriormente debemos dirigirnos al Registro de Actos de Últimas Voluntades, donde se inscriben los testamentos para garantizar el conocimiento de su existencia una vez fallecida la persona que lo otorga o bien en vida por los propios otorgantes. Podemos solicitarlo una vez hayan transcurrido 15 días hábiles a partir de la fecha de defunción. Allí nos informarán acerca de si el fallecido dejó o no testamento; y en caso de existir nos harán saber la identidad del notario ante el que lo otorgó para solicitarle una copia. En este caso se detalla cómo se repartirán los bienes del difunto, para actuar en consecuencia.
Conviene saber que el testamento del fallecido permanece en la Notaría en la que se firmó veinticinco años, y una vez transcurrido ese plazo, los testamentos se remiten al Colegio de Notarios o al distrito notarial correspondiente. En el caso de que el testador realizara testamento ológrafo (de su puño y letra) y no existir constancia de registro, la búsqueda no la encauzaríamos en el notario sino ante los documentos y pertenencias del fallecido
En el caso de no existir testamento los hijos heredarán todos los bienes a partes iguales y el cónyuge el usufructo de un tercio de ese patrimonio. Ante esta circunstancia, debe acudirse a un notario para realizar una declaración de herederos, y éste redactará un cuaderno particional donde los herederos detallen los acuerdos al respecto del reparto de los bienes.
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