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La herencia cuando hay un hijo con discapacidad

Autor: Jesús María Ruiz de Arriaga Remirez

Planificar con un abogado la redaccion del testamento cuando hay un hijo discapacitado es fundamental para protegerlo FUENTE pixabay.com

Planificar con un abogado la redacción del testamento cuando hay un hijo discapacitado es fundamental para protegerlo
FUENTE: pixabay.com

Muchas familias en España se ven en la necesidad de realizar una previsión a futuro para que su hijo discapacitado no quede desamparado en la herencia cuando sus padres fallezcan. A través de las disposiciones testamentarias los padres pueden amparar y proteger al descendiente incapaz en el aspecto personal y patrimonial.

En primer lugar, es preciso recordar la conveniencia de hacer un testamento. Siempre es muy recomendable en estos casos que un abogado especialista en herencias y sucesiones revise el testamento o redacte el documento conforme a las instrucciones del testador antes de que se proceda a su firma, con el fin de evitar errores que puedan provocar la ineficacia en el futuro del testamento.

El abogado, además de proporcionar la seguridad de que el testamento sea realizado correctamente, puede realizar una planificación del destino de los bienes y del patrimonio de una forma técnica y jurídicamente avanzada para que el testador controle, intervenga y regule el destino de su patrimonio y bienes a nivel personal y empresarial y, dado este caso particular, la protección de los hijos discapacitados, con minusvalía psíquica, física o sensorial.

Realizando un testamento podremos disponer en el mismo las mejoras económicas para los hijos que más lo necesiten, disponer el nombramiento de un tutor del hijo minusválido pudiendo nombrar uno o más tutores, un tutor en defecto de otro o bien dos tutores conjuntos para casos extraordinarios.

También podremos realizar un testamento en nombre de los hijos con discapacidad intelectual si este no puede hacerlo por sí mismo, lo que se conoce como “sustitución ejemplar”. Y es que, aunque el testamento es un acto de carácter personalísimo, hay ocasiones en las que se puede testar en nombre del otro, como en el caso de los padres que pueden hacer testamento por su hijo discapacitado. Para ello, no será preciso esperar a obtener la incapacidad en el juzgado para poder realizar el testamento. Mientras el hijo no esté incapacitado, las cláusulas sobre nombramiento de tutor y el testamento del hijo no surtirán efecto.

Hay varias formas de proteger al descendiente incapaz en la herencia.

1) En el apartado patrimonial:

– Establecer la forma de administrar los bienes, normas condiciones o recomendaciones para la persona que se haga cargo de la tutela y para el resto de los herederos.

Legado del usufructo sobre determinados bienes dejando la nuda propiedad a los hermanos, que consolidarán al fallecimiento la plena propiedad.

– Gravar la legítima estricta mediante una sustitución fideicomisaria en beneficio del hijo incapacitado judicialmente. Dependiendo del derecho civil aplicable es posible ampliar la legítima del descendiente incapaz con el tercio de mejora y/o el de libre designación.

– Donación o legado a la persona con discapacidad de un derecho de habitación sobre la vivienda habitual del progenitor.

2) En el apartado personal:

– Designar tutor, decisión que debe ser tenida en cuenta por el juzgado al constituir la tutela.

– Establecer disposiciones sobre la forma de vida y cuidados del hijo, sobre su salud, educación y residencia.

– Excluir a una persona del cargo de tutor y establecer mecanismos de fiscalización de la tutela.

Para todas estas cuestiones, es necesario y conveniente contar con el asesoramiento de un abogado, antes de redactar el testamento. Si este es su caso, y necesita ayuda, no dude en contactar con nosotros.

Jesús María Ruiz de Arriaga

Fundador de Arriaga Asociados. En 2011 funda el despacho, desde su propio domicilio en Huesca junto con su esposa, y con el tiempo, con un grupo de colaboradores. Arriaga nace como proyecto emprendedor, de  la mano de las nuevas tecnologías, y orientado a un nuevo nicho de negocio: el derecho de los consumidores.

Ha compatibilizado esta labor con la de profesor a tiempo parcial en distintos centros formativos de gran prestigio como ESIC, Columbus IBS, la Universidad de Zaragoza,  Universidad Inca Garcilaso de la Vega (Perú), Cepebank (Perú), etc.  los campos de: Dirección Estratégica, Dirección Financiera, Marketing, Auditoría Financiera,

Jesús cuenta con 6 licenciaturas y 13 posgrados. Destaca la obtención de la licenciatura de derecho con prácticamente 50 años (Derecho, ADE, Ciencias del Trabajo, Investigación y Ciencias del Mercado, Empresariales)

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