Panorama jurídico actual para los afectados por cláusula suelo: ¿cuál es tu caso?
Autor: Equipo Arriaga
La situación jurídica de los afectados por la retroactividad de la cláusula suelo ha cambiado radicalmente tras la Sentencia de 21 de diciembre de 2016 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, TJUE). Veremos en este post cómo queda el panorama jurídico para los afectados por esta cláusula abusiva.
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Sentencia sobre retroactividad de las cláusulas suelo
Hasta la publicación de la mencionada sentencia, los jueces habían declarado la nulidad de la cláusula suelo pero habían limitado sus efectos. De este modo, los afectados sólo estaban recibiendo las cantidades cobradas de más desde mayo de 2013.
No obstante, la sentencia del TJUE ha eliminado ese límite temporal. Desde ahora, cualquier afectado tendrá derecho a recuperar todas las cantidades pagadas de más desde el inicio del préstamo.
Recuperar lo abonado de más por la cláusula suelo
Como consecuencia de lo comentado, el panorama jurídico para los afectados por cláusula suelo que deciden acudir a la vía judicial para recuperar su dinero queda del modo siguiente:
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Afectados que NO han reclamado todavía
Aquellos que, teniendo cláusula suelo, aún no hayan iniciado frente a su banco una reclamación judicial, podrán hacerlo sin problema alguno. En este sentido, habrá que interponer una demanda solicitando que se declare nula su cláusula abusiva y que se les devuelva todo lo pagado de más. Es decir, el carácter retroactivo de la cláusula suelo será apreciado en aplicación de la reciente sentencia del TJUE.
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Afectados que ya han reclamado pero que no tienen sentencia todavía
Aquellos afectados que interpusieron una demanda frente a su entidad financiera antes de la Sentencia del TJUE y que siguen a la espera de que se dicte sentencia sobre su asunto, recuperarán todo el dinero pagado de más desde el inicio del préstamo. El criterio del TJUE deberá ser respetado por los tribunales españoles por lo que, cuando dicten su sentencia, lo harán respetando la resolución del TJUE.
Por este motivo, cuando dicten sus sentencias, deberán acordar la devolución de todas las cantidades irregularmente cobradas sin límite temporal alguno, incluso para aquellas demandas que fueron interpuestas antes de la sentencia del TJUE.
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Afectados con sentencia NO firme
Los afectados que tengan una sentencia no firme reconociendo la nulidad de la cláusula suelo y la restitución de cantidades irregularmente cobradas con la limitación temporal de mayo de 2013, aún están a tiempo de recuperar todo lo pagado de más.
A través de un recurso de apelación se podrá solicitar la revisión de la sentencia dictada en primera instancia y su adecuación al criterio del TJUE.
Miles de personas están recuperando todo lo pagado de más gracias a la sentencia que confirma la retroactividad de la cláusula suelo del TJUE. La devolución es una realidad, ¡y en Arriaga Asociados te lo ponemos muy fácil!