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¡Asesórate antes de firmar el contrato de compraventa de vehículo o el contrato de alquiler de vivienda!

Autor: Equipo Arriaga

contrato compraventa vehiculo

Siguiendo las enseñanzas de Sun Tzu en “El arte de la guerra”, si conseguimos que el problema nunca llegue a existir nunca tendremos que invertir esfuerzo y medios en obtener una solución, que sobre todo en el ámbito legal puede ser muy costosa en tiempo y dinero.

Es por ello importante anticiparse a la hora de firmar cualquier contrato, sobre todo aquellos que tienen incidencia fundamental en el futuro de nuestra vida o nuestro patrimonio (como puede ser un contrato de compraventa), para lo cual resulta crucial contar con el asesoramiento  de personas expertas en la materia.

 ¿Cuándo puedo necesitar asesoramiento contractual?

A lo largo de nuestra carrera como profesionales del mundo jurídico, hemos encontrado múltiples situaciones en las que una sola firma de un cliente podía significar cambios muy importantes en función de la redacción del contrato que estaba firmando. En este post vamos a ver algunos ejemplos:

 Contratos de compraventa de vehículos (y otras compraventas)

Al adquirir cualquier bien con incidencia importante en nuestro patrimonio surgen obligaciones de todo tipo para comprador y vendedor que se recogen desde el contrato de arras, primer contrato que se firma a modo de señal. Algunas de estas obligaciones son renunciables. Así, por ejemplo, ante la adquisición de un inmueble o ante un contrato de compraventa de vehículo existen entre otras la obligación de saneamiento por evicción y vicios ocultos a cargo del vendedor.

 

  • ¿Y si me venden algo que es propiedad de otra persona? saneamiento por evicción

Imaginemos que en algún momento alguien nos reclama la propiedad del bien que hemos comprado. Por ejemplo, Carla le vendió a Ana un vehículo por 3.000€ y resulta que el vehículo era propiedad de Mateo. Mateo podría demandar a Ana para recuperar su coche. ¿Qué puede hacer Ana para recuperar sus 3.000€? ¿Podría reclamar a Carla?

En principio podría reclamar el importe abonado y la indemnización de perjuicios, salvo que haya renunciado al derecho de saneamiento. De hecho, si el contrato de compraventa de vehículo contiene la cláusula de renuncia “con conocimiento de los riesgos de la evicción y sometiéndose a sus consecuencias.”, en principio no podría reclamar nada (art. 1.476 del C.C.).

Un buen asesoramiento contractual previo a la firma, hubiera servido para acudir a revisar ante el Registro de Vehículos de la DGT para comprobar la titularidad del vehículo, y en última instancia, para evitar renuncias que pudieran ser perjudiciales al adquirente.

 

  • ¿Y si me venden algo que tenía graves defectos?: saneamiento por vicios ocultos:

Si en un contrato de compraventa de vivienda o de vehículo adquirimos un bien pero descubrimos tiempo después que tenía graves defectos ocultos a simple vista que el vendedor no nos transmitió, tenemos la posibilidad de reclamar su saneamiento. No obstante, e igual que el caso anterior, es un derecho renunciable (art. 1.485.2 del C.C.), por lo que sin un abogado que preste asesoramiento contractual, el vendedor podría incluir en el contrato esta cláusula y eliminar la facultad de reclamar la indemnización que nos corresponde.

 Contratos de alquiler de vivienda

¿Existe un derecho de desistimiento del arrendatario? ¿Cuánto tiempo ha de transcurrir para hacerlo efectivo? ¿Tengo derecho de prórroga obligatoria? ¿Qué nivel máximo de ruidos estoy obligado a mantener? Muchos arrendatarios/arrendadores desconocen la normativa imperativa en materia de arrendamientos urbanos y ordenanzas de convivencia, por lo que un adecuado asesoramiento contractual previo a la firma del contrato de arrendamiento puede evitar litigios posteriores al quedar clarificadas las obligaciones de ambas partes.

 Contrato de préstamo hipotecario

Dada la dilatada experiencia de Arriaga Asociados en las reclamaciones bancarias, podemos afirmar que muchos de los litigios actuales que se han visto obligados a mantener clientes y bancos, como la existencia de cláusulas abusivas (las cláusulas suelo o los gastos hipotecarios son ejemplo de ello) o la adquisición de productos financieros de riesgo, se habrían evitado con un adecuado asesoramiento contractual.

Queda claro entonces que con la asistencia de un asesor adecuado se pueden evitar muchos conflictos posteriores, con costes y consecuencias que pueden ser desastrosas.

Animamos a los consumidores a evitar futuros problemas y confiar en los servicios de abogados especializados como Arriaga Asociados. Ponte en contacto con nosotros en el 900 264 910.

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