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Participaciones preferentes: ¿Cuáles son mis derechos?

Autor: Jesús María Ruiz de Arriaga Remirez

A pesar de que la normativa de nuestro sistema financiero no recoge expresamente la figura del consumidor como usuario de productos financieros, sí que contempla una serie de medidas encaminadas a la protección de los derechos de los clientes sobre las participaciones preferentes ofrecidas por las entidades financieras y los bancos.

Una de ellas es la Ley del Mercado de Valores, como muchas veces ha señalado nuestro socio-director, Jesús Mª Ruíz de Arriaga, en Jesus M Ruiz de Arriaganumerosos medios de comunicación e información.  En el artículo 78-bis de esta Ley del Mercado de Valores, se hace una distinción entre clientes profesionales y minoristas y se determina para ellos un nivel diferente de protección, siendo el de los clientes minoristas el más protegido y al que más información y asistencia individualizada se le debe prestar cuando se le ofrecen determinados productos bancarios.

Pero, el consumidor final minorista, suscriptor de participaciones preferentes, tiene además de la protección y tutela de la normativa sectorial del mercado de valores, la propia como consumidor y usuario.   Es decir, tiene una especie de protección añadida como parte débil del contrato. Ya son dos derechos reconocidos con los que cuenta a su favor: el de la Ley del Mercado de Valores y el de la normativa del derecho de los consumidores.

Es importante señalar, en este sentido, que entre los derechos básicos de los consumidores y usuarios, se encuentra el derecho a “la información correcta sobre los diferentes bienes o servicios, tal como recoge el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Este texto refundido también señala, además, en su artículo 8, “la protección de sus legítimos intereses económicos y sociales; en particular, frente a la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos” y a la “información correcta sobre los bienes y servicios“.

Por lo tanto, a la vista de que determinadas cláusulas introducidas en los contratos de participaciones preferentes vulneran los derechos de consumidores y usuarios y de la Ley del Mercado de Valores, los afectados por preferentes tienen más a su favor el poder acudir a la vía judicial para restituir su engaño y denunciar su caso ante un juzgado, a través de una demanda civil con carácter individual.

¿Por qué? Porque, sin duda alguna, se han limitado los derechos como consumidor del cliente y se ha abusado de él por parte de los bancos, Y eso tiene que hacerlo valer y ponerlo en conocimiento de los tribunales de justicia, con el objetivo de que declare nulos los contratos de preferentes que se firmaron en su día y el cliente pueda recuperar totalmente su dinero.Derechos de los preferentistas FUENTE Infolibre

Cualquier otra vía , que no sea la judicial, puede suponer perder parte o todo el dinero. Tengan en cuenta que la inmensa mayoría de los afectados por las participaciones preferentes, muchos de ustedes, invirtieron todo su dinero pensando que estaban realizando una imposición a plazo fijo, con un interés interesante y sin ningún tipo de riesgo. Sin embargo, los empleados de las diferentes entidades bancarias, en bastantes casos, abusando de la confianza y de la poca información financiera de sus clientes, les hicieron creer una cosa y les hicieron firmar otra muy diferente.

Los ahorradores, ustedes mismos, pensaban que estaban invirtiendo sin riesgo y con fácil recuperación, cuando lo que estaban firmando era la compra de algo parecido a acciones y de unas cajas que estaban actuando a la desesperada para resolver sus gravísimos problemas de solvencia.

 

 

Jesús María Ruiz de Arriaga

Fundador de Arriaga Asociados. En 2011 funda el despacho, desde su propio domicilio en Huesca junto con su esposa, y con el tiempo, con un grupo de colaboradores. Arriaga nace como proyecto emprendedor, de  la mano de las nuevas tecnologías, y orientado a un nuevo nicho de negocio: el derecho de los consumidores.

Ha compatibilizado esta labor con la de profesor a tiempo parcial en distintos centros formativos de gran prestigio como ESIC, Columbus IBS, la Universidad de Zaragoza,  Universidad Inca Garcilaso de la Vega (Perú), Cepebank (Perú), etc.  los campos de: Dirección Estratégica, Dirección Financiera, Marketing, Auditoría Financiera,

Jesús cuenta con 6 licenciaturas y 13 posgrados. Destaca la obtención de la licenciatura de derecho con prácticamente 50 años (Derecho, ADE, Ciencias del Trabajo, Investigación y Ciencias del Mercado, Empresariales)

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