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Seguros de prima única (SPUF)

¿AFECTADO POR LA INCLUSIÓN EN TU PRÉSTAMO DE UN SEGURO DE PRIMA ÚNICA?

Confía en los expertos y recupera las cantidades que no se debieron abonar por este seguro de prima única.

 

¿Qué es un Seguro de Prima Única Financiada?

Hubo unos años, 2000-2018, en los que los bancos, a la hora de formalizar un préstamo hipotecario comercializaban productos vinculados entre los que encontramos los SEGUROS DE VIDA, PROTECCIÓN DE PAGOS O RIESGO que garantizaban el pago del préstamo en caso de fallecimiento, incapacidad, desempleo… por parte del prestatario/asegurado.

La característica de estos seguros es que la prima se paga por adelantado y junto al capital prestado por la entidad, de tal forma que se integra dentro del capital del préstamo por lo que el importe a pagar por el cliente es mayor y con ello, los intereses a abonar.

 

¿Cuándo es reclamable el importe del seguro?

La obligación de contratar un seguro como garantía adicional del pago del préstamo no resulta por si misma ni abusiva ni nula. Sin embargo, cuando la entidad financiera no sólo obliga a contratar el seguro para la concesión del préstamo, sino que lo supedita a otras condiciones. Por tanto, será reclamable si…

  • El seguro se ha contratado con la aseguradora del banco, entidad vinculada o grupo de empresas.
  • El seguro se ha contratado en la modalidad de pago único: se paga todo el precio del seguro al tiempo de la contratación del préstamo sin que haya posibilidad de un fraccionamiento mensual, trimestral o anual.
  • El importe del seguro se financia, es decir, forma parte del capital del préstamo que se concede.

 

¿Cómo se reclama?

Lo primero será intentar llegar a un acuerdo con la entidad bancaria y en el caso de no alcanzar una solución satisfactoria, deberemos presentar una demanda.

¿Cuánto dinero se puede recuperar?

El consumidor podrá recuperar:

  • el importe de la prima del seguro no consumida
  • intereses abonados en exceso en el préstamo hipotecario como consecuencia de la financiación de la prima

 

El importe por recuperar, que dependerá en todo caso del seguro contratado (importe de la prima y duración), oscila de entre los 2.000 a los 20.000 €

 

Ejemplo:

Prima del seguro: 15.000 €      

Fecha de contratación del seguro (misma que PH):01-01-2010

Duración: 240 meses                 

Fecha vencimiento seguro: 01-01-2030

A fecha 01-01-2025, transcurridos 180 meses y NO consumidos 60 meses, se recupera la parte proporcional a esos 60 meses; es decir, si por 240 meses pagaron 15.000 €; los 60 meses son 3.750€.

*Los cálculos NO son una simple regla de tres, pues se hacen sobre tablas actuariales propias de las aseguradoras; sin embargo, es una aproximación

¿Cuál es la documentación necesaria?

Para iniciar una reclamación se ha de aportar la siguiente documentación:

  • Escritura de préstamo hipotecario
  • La Oferta Vinculante, Fichas FIPER o FIPRE (fichas de información precontractual)
  • La documentación del seguro

 

¿Cuáles son nuestros honorarios?

Todo muy sencillo, sin pagos iniciales.

 

 

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*Los intereses abonados en exceso por la financiación del seguro se recuperarán en vía judicial y su cuantía y recuperación dependerán del juzgado en que recaiga el asunto

¿Y Por qué Arriaga Asociados?

  1. Asesoramiento Gratuito: Estamos disponibles siempre que lo necesites para brindarte asesoramiento sin coste alguno.
  2. Análisis de Viabilidad: Antes de formalizar cualquier contrato, evaluamos la viabilidad de tu caso para asegurarnos de ofrecerte la mejor solución.
  3. Atención Personalizada: Ya sea a través de videoconferencia, por teléfono o en nuestras oficinas, estamos aquí para atenderte de la manera que te resulte más cómoda.
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