¿Por qué es nula la venta de Valores Santander?
Autor: Jesús María Ruiz de Arriaga RemirezEl Santander comercializó a partir de septiembre del 2007 este producto que tenía por fecha de vencimiento el 4 de octubre de 2012
Saber por qué es nula la venta de Valores Santander es fundamental para darnos cuenta de que demandando al banco se puede recuperar el dinero invertido. La finalidad de la comercialización de los denominados Valores Santander en el año 2007 era financiar la OPA que planeaba adquirir la entidad bancaria ABN Amro por parte de un consorcio en el cual estaban el Banco Santander, pero también Royal Bank of Scotland y Fortis.
Los Valores Santander tenían cierta trampa porque funcionaba de la siguiente manera: a través de una obligación o contrato se invertía una cantidad determinada que se convertía en acciones del Banco Santander a un precio anteriormente fijado en su contratación y que tenía por fecha de vencimiento el 4 de octubre de 2014.
Los Valores Santander se convertían en acciones del banco obligatoriamente
FUENTE: en.wikipedia.org
En función de la adquisición o no de ABN Amor, ocurrirían las siguientes situaciones:
- A) En caso de no ser adquirido el Banco ABN Amro, los inversores del consorcio recuperarían la integralidad de su inversión con una remuneración del 7,30% transcurrido un año.
- B) En caso de ser adquirida la entidad bancaria, los valores se convertirían de forma automática y obligatoria en acciones del Banco Santander.
Entonces, según lo expuesto, por qué es nula la venta de los Valores de Santander. Por tres cuestiones, fundamentalmente:
1) Porque no existía orden de suscripción. En la mayoría de los casos, no existía orden de suscripción o si existía no estaba firmada o en ella no aparecen mínimamente los datos del cliente o del producto contratado, por lo que no puede considerarse como un documento acreditativo válido en el que se reflejara claramente la conformidad de las personas. Los clientes no tuvieron acceso a un folleto informativo de emisión de los Valores Santander cuando contrataron el producto.
2) Porque el producto se ofreció a clientes sin experiencia inversora previa. Los Valores del Santander se ofrecieron a personas que anteriormente no habían realizado operaciones financieras similares, por lo que no eran inversores habituales. Además, solían ser personas con niveles académicos básicos o no relacionados con la dinámica y operativa financiera; lo que en definitiva supone que el cliente no estaba capacitado para comprender la complejidad del producto contratado. Tal como ocurrió en cierta medida, con las preferentes y las subordinadas.
A los clientes se les vendió Valores Santander sin informarles de los riesgos del producto FUENTE: en.wikipedia.org
3) No se informó correctamente del riesgo del producto. Es lo que se conoce como “error o vicio en el consentimiento”, que supone que aunque la entidad financiera hubiera facilitado toda la documentación exigida, si no explica en qué consisten los Valores Santander ni los riesgos que éstos pueden tener sobre la inversión efectuada, los contratantes no pueden conocer sus características reales.
Por tanto, ahora ya sabe por qué es nula la venta de Valores Santander. Si el banco le vendió este producto sin mediar un estudio pormenorizado de su perfil y lo hizo sin advertirle de sus riesgos, dicha comercialización es nula.
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Fundador de Arriaga Asociados. En 2011 funda el despacho, desde su propio domicilio en Huesca junto con su esposa, y con el tiempo, con un grupo de colaboradores. Arriaga nace como proyecto emprendedor, de la mano de las nuevas tecnologías, y orientado a un nuevo nicho de negocio: el derecho de los consumidores.
Ha compatibilizado esta labor con la de profesor a tiempo parcial en distintos centros formativos de gran prestigio como ESIC, Columbus IBS, la Universidad de Zaragoza, Universidad Inca Garcilaso de la Vega (Perú), Cepebank (Perú), etc. los campos de: Dirección Estratégica, Dirección Financiera, Marketing, Auditoría Financiera,
Jesús cuenta con 6 licenciaturas y 13 posgrados. Destaca la obtención de la licenciatura de derecho con prácticamente 50 años (Derecho, ADE, Ciencias del Trabajo, Investigación y Ciencias del Mercado, Empresariales)
