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Cinco aspectos que hemos sabido de las preferentes tras su comercialización

Autor: Equipo Arriaga

El producto es legal, pero sólo tendría que haber sido ofrecido a inversores cualificados

El año 1999 las trajo. Del 2000 al 2003 fue su boom y desde entonces han sido muchos las entidades financieras que las han comercializado. También ha habido empresas que echaron mano de ellas, como Eroski o Fagor, entre otras. Estamos hablando, como ya se han podido imaginar, de las preferentes y muchas cosas hemos sabido sobre este producto tras su comercialización. Hoy es nuestro objetivo, resumirlas.

 Tras la inadecuada venta de las preferentes hemos conocido muchos detalles sobre este producto FUENTE pixabay.com

Tras la inadecuada venta de las preferentes hemos conocido muchos detalles sobre este producto

FUENTE: pixabay.com

 

Las preferentes son legales, aunque sólo deben ser colocadas entre inversores cualificados. Aun así, deberían habernos contado en las entidades financieras ciertas cosas sobre ellas, antes de haber invertido nuestros ahorros en participaciones preferentes. Su comercialización nos ha hecho saber lo siguiente:

1.- Las preferentes solamente dan derechos económicos.

Las preferentes guardan ciertas cosas en común con las acciones porque otorgan derechos económicos, pero no han de confundirse aunque estén relacionadas con una empresa. Un accionista puede, por ejemplo, acudir a votar a una junta de accionistas, un preferentista, en cambio, no.

 

2.- La fecha del vencimiento es la que el banco quiere.

Normalmente, no hay fecha de vencimiento, ésta es “perpetua” en todos los contratos. Pero si la tienen es cuando el banco decida ponerla y puede hacerlo a partir del quinto año, en el que puede extinguir el contrato unilateralmente si así lo desea. Eso sí, debe contar primero con el visto bueno del Banco de España.

 La fecha de vencimiento en los contratos de preferentes era perpetua FUENTE flickr.com

La fecha de vencimiento en los contratos de preferentes era perpetua

FUENTE: flickr.com

 

3.- En caso de quiebra, el preferentista es el último en recuperar su dinero.

Las preferentes no son un depósito y, como tal, no están protegidas por el Fondo de Garantía de Depósitos. En caso de quiebra, el preferentista pierde su dinero y sería de los últimos en recuperarlo, si es que llega a darse el milagro de que eso suceda.

 

4.- El riesgo de pérdida por depreciación es muy elevado.

Las preferentes cotizan en el Mercado de Renta Fija AIAF, por lo que la posibilidad de perder dinero por la depreciación de las participaciones es bastante factible. En todo mercado existen fluctuaciones que hacen perder valor.

 

5.- Si las preferentes se venden no tiene por qué recuperarse el valor nominal.

La reventa de participaciones preferentes es complicada porque rara vez aparecen compradores pero, además, también lo es porque no hay nada que asegure que la venta se haga por la misma cantidad que costaron.

Recuperar el dinero es posible por la vía judicial. Para cualquier duda o reclamación sobre este producto, puede ponerse en contacto con nuestros abogados. Le asesorarán de forma gratuita.

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