Esta es, para los afectados por cláusula suelo en la hipoteca, la pregunta clave. Saber con qué garantías se cuenta a la hora de eliminar dicha cláusula es para muchas familias españolas fundamental porque se pueden ahorrar al mes el pago de mucho dinero.
Por supuesto, habrá que atender a cada caso en concreto. Pero, desde nuestro despacho podemos decirles que las demandas interpuestas para eliminar la cláusula suelo terminan en una resolución favorable para el demandante siempre y cuando la cláusula insertada en los préstamos hipotecarios no haya respetado las medidas de claridad y transparencia por parte de la entidad que concede el préstamo
La Sentencia de 9 de mayo de 2013 del Tribunal Supremo en relación a las cláusulas suelo de las hipotecas, fijó unos criterios jurisprudenciales de interpretación que serán aplicables a todas las cláusulas suelo de todas las entidades bancarias.
La principal consecuencia es que la gran mayoría de cláusulas suelo de las hipotecas no reúnen los requisitos y por lo tanto serán anulables ante los Juzgados por falta de transparencia.
De este modo, aunque exista una oferta vinculante, aunque exista equilibrio entre la cláusula techo y la suelo, y aunque el notario le leyera la escritura en el acto de la firma, las cláusulas suelo se podrán considerar nulas por abusivas si :
– Existió falta información suficientemente clara de que se trataba de un elemento definitorio del objeto principal del contrato.
– Si se insertaron de forma conjunta con las cláusulas techo y como aparente contraprestación de las mismas.
– Si no existieron simulaciones de escenarios diversos relacionados con el comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar.
– Si no hubo información previa clara y comprensible sobre el coste comparativo con otras modalidades de préstamo de la propia entidad o advertencia de que al concreto perfil de cliente no se le ofertaron dichas modalidades.
Así que, si a usted le pasó esto, podría eliminar la cláusula suelo y recuperar el dinero pagado de más por la. Es cierto, que la misma sentencia del Tribunal Supremo de 9 mayo de 2013 a la que nos hemos referido declaraba la irretroactividad de las cantidades pagadas de más durante el tiempo que se estuvo aplicando la cláusula suelo, es decir, que no se devolvería el dinero que hasta la fecha los afectados habían pagado de más. No obstante, desde esa sentencia, son muchos los jueces que se han pronunciado a favor de la devolución de dichas cantidades y, recientemente, también la Comisión Europea ha dicho que los bancos tiene que devolver la retroactividad de las cláusulas suelo mal vendidas y declaradas nulas.
No se lo piense. Consulte sin compromiso a nuestros abogados. Es momento de reclamar la cláusula suelo a los bancos y recuperar todo el dinero cobrado de más. ¡Podemos ayudarle a recuperar lo que le pertenece! ¡Hagamos Justicia!

