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¿Puede una empresa reclamar un swap?

Autor: Equipo Arriaga

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Quizá en alguna ocasión hayas oído que las demandas por swaps sólo prosperan si es una persona física la que la interpone, y que fracasan cuando se trata de empresas. Pues bien, este tipo de rumores o comentarios es absolutamente infundado. Una empresa también puede reclamar un swap.

La mayoría de swaps que fueron colocados a empresas en nuestro país se comercializaron a pequeñas y medianas compañías cuyo objeto social estaba diametralmente alejado del mundo financiero; y a las que no se dio información por parte del banco sobre el producto y, sobre todo, del riesgo que suponía su contratación. Por ello, las empresas también pueden reclamar y ganar una demanda de esta naturaleza, lo mismo que un ciudadano de a pie.

Si fuiste de aquellos empresarios que entre los años 2005 y 2008 contrataste sin saberlo, un clip o swap bancario en nombre de tu empresa y no sabías cómo funcionaba un swap, todavía puedes pedir la nulidad del contrato y la devolución del dinero que perdiste.

Hay muchas sentencias que declaran nulos los swaps y condenan a los bancos a devolver al dinero a las empresas. En Arriaga Asociados, de hecho, tenemos varias que han declarado la nulidad del contrato y han condenado a la entidad bancaria a devolver todo el dinero de las operaciones realizadas por la empresas.

Podemos afirmar que la gran mayoría de los jueces de este país están declarando nulos este tipo de productos, catalogados de alto riesgo y en consecuencia condenando a los bancos. Así que, si eres de aquellos que en su momento no se atrevió a plantear la demanda judicial, por tratarse de un tema novedoso en el que no había muchos antecedentes de cómo podían ser resueltos por parte de los tribunales, ahora es tu momento, no dudes en consultarnos.

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