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Diferencias entre una promoción y una cooperativa de viviendas

Autor: Equipo Arriaga

vivienda

Ya hemos comentado muchas veces que si una persona aportó dinero para la compra de una vivienda a una promotora o bien entregó una cantidad como socio de una cooperativa y nunca pudo disfrutar de su casa puede reclamar. En ambos casos, como decimos, puede hacerlo aunque de hecho haya diferencias entre una promoción de viviendas y una cooperativa de viviendas.

La diferencia más relevante es que, mientras que en la compra de vivienda sobre plano a una promoción tú compras una vivienda con un precio cierto y determinado, en la cooperativa, como el cooperativista es autopromotor, la vivienda le saldrá al socio al coste real que haya tenido la misma. Pero si durante ese proceso, las obras no llegan a iniciarse en el plazo previsto, la vivienda no se concluye en el plazo acordado o nunca se obtuvo la cédula de habitabilidad o licencia de ocupación, se puede reclamar al banco donde fue depositando el dinero a cuenta.

No obstante, para que van las diferencias entre una cooperativa y una promotora de viviendas, les diremos que la cooperativa es una asociación de interesados en adquirir una vivienda a precio de coste que se unen, constituyendo una sociedad en la que ponen en común sus aportaciones, para precisamente autopromover la construcción de sus viviendas.

En la promoción de viviendas es el promotor, generalmente una sociedad mercantil, quien vende directamente a los interesados la vivienda.

En la cooperativa de viviendas, el cooperativista pagará por su vivienda el coste que ésta tenga. Por tanto, si se consigue una buena gestión del proyecto cooperativo ahorrando en costes, el cooperativista habrá hecho una buena adquisición y habrá salido beneficiado de comprar más barato. Por el contrario, si por lo que sea las cosas se complican y finalmente las viviendas se encarecen por el motivo que sea, también el cooperativista tendrá que pagar más por esa misma vivienda.

En la promoción de viviendas, el comprador pagará el precio que pida el promotor y es el promotor el que corre el riesgo. Es decir, si la promoción sale más cara porque la constructora cobra más o porque hay imprevistos, el resultado será que el promotor tendrá menos beneficio con esa promoción pero el comprador habrá pagado lo mismo.

Para incorporarse como socio a una cooperativa de viviendas es necesario hacer una aportación al capital social. El importe estará regulado en los Estatutos.

Con esto uno adquiere la condición de socio pero para poder optar a tener una vivienda, lo normal es firmar un contrato con la cooperativa y es en ese contrato en el que se regulan las aportaciones que debe hacer el cooperativista, la periodicidad de las mismas, etc.

En la práctica, no hay gran diferencia, en cuanto a la forma de pago, entre una cooperativa y una promoción: suele haber una entrada, unas aportaciones mensuales y, finalmente, cuando se produce la entrega de llaves una subrogación en una hipoteca. Por ello, si tiene problemas en la entrega de su vivienda,  tanto en un caso como en otro, no dude en contactar con nuestros abogados.

 

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