Consejos y recomendaciones sobre las acciones de Bankia
Autor: Equipo ArriagaTras las resoluciones del Tribunal Supremo y el consecuente mecanismo de devolución configurado por Bankia, los accionistas de Bankia se encuentran ahora ante un panorama abierto si desean recuperar el importe de su inversión.
Por un lado, los accionistas pueden acogerse a este mecanismo de devolución acudiendo a su oficina de Bankia y rellenando la solicitud, que deberá ser aprobada y tramitada por la entidad.
Debemos señalar que sólo pueden acogerse a este mecanismo determinados accionistas, concretamente aquellos cuyas acciones en ningún caso estén incluidas en los siguientes supuestos:
– Las acciones compradas en el mercado secundario (compradas en Bolsa).
– Las acciones adjudicadas por los mecanismos de canje de instrumentos híbridos: efectuados en marzo de 2012 y mayo de 2013.
– Las acciones suscritas por inversores del tramo institucional en la OPS Bankia 2011.
– Las acciones correspondientes a inversores que hubieran sido objeto de sentencia firme, tanto favorable como desfavorable para el inversor.
– Las acciones suscritas en la OPS Bankia 2011 que tienen algún tipo de carga o gravamen.
La información de la entidad señala que, una vez estudiada y aprobada la solicitud, procederán a devolver al accionista el importe invertido con un interés del 1%. Hay que resaltar que en ningún caso a través de esta vía, Bankia asume los gastos en que haya podido incurrir el accionista si ha iniciado un procedimiento judicial.
Precisamente es la vía judicial la otra posibilidad de recuperar la inversión en acciones. Esta vía, abierta desde el principio y que ha sido avalada por el Tribunal Supremo, cuenta con varias ventajas.
Por un lado, esta vía no se encuentra acotada por Bankia, y en consecuencia, aquellos accionistas que no entran dentro de los supuestos para acceder al mecanismo de restitución de la entidad, pueden recuperar su dinero a través de esta vía.
Además, por vía judicial es habitual que se concedan los intereses legales que devenga la cantidad invertida, y que, dependiendo del año, oscilan entre el 3% y el 4%. También por vía judicial la estimación completa de la demanda conlleva, por norma general, la condena a la parte demandada al pago de las costas del procedimiento.
Así pues, las recomendaciones para las acciones Bankia que no puedan acceder al mecanismo de restitución de la entidad, para aquellos que no estén conformes con las condiciones que ofrece la misma en dicho mecanismo, o para aquellos que no quieran soportar los costes en que ya hayan incurrido al iniciar un procedimiento judicial, acudir a los Juzgados es la alternativa más eficaz.
Para iniciar la vía judicial, es importante en primer lugar recopilar o solicitar a la entidad toda la documentación posible al respecto: documentos que acrediten la adquisición de las acciones y sus circunstancias personales, situación actual de la cuenta de valores, justificante de abono de dividendos o de venta de títulos si los hubiere, etc…
Con esta documentación, el accionista podrá acudir a un despacho de abogados para que la estudien y, una vez confirmen la viabilidad del mismo, se inicie el procedimiento judicial solicitando la nulidad de la adquisición de acciones de Bankia para restituir al accionista a la situación anterior a la misma mediante sentencia estimatoria.