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El futuro de las cláusulas suelo en 2016

Autor: Equipo Arriaga

Cláusulas suelo 2016

Durante los últimos años se han ido sucediendo las noticias sobre las cláusulas suelo, siendo en algunas ocasiones contradictorias entre sí, por ello analizaremos las últimas noticias recibidas sobre esta materia de indudable actualidad y poder así sacar las conclusiones sobre las mismas y estudiar la previsión de la cláusula suelo en  2016.

Primeras noticias sobre cláusula suelo

Con anterioridad al año 2013 eran escasas las noticias que recibíamos sobre la conocida coloquialmente como cláusula suelo, reservándose sus apariciones en medios o conferencias muy técnicas y especializadas.

El detonante que provocó el conocimiento masivo de la abusividad, y por ende, nulidad de esta limitación del tipo variable de nuestras hipotecas, fue la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013. Dicha resolución pone en entredicho las formas por las cuales las entidades bancarias introducen la cláusula suelo en las escrituras, concretamente argumentan su nulidad en la falta de transparencia, información negociación y control de inclusión.

Tras esta novedosa resolución se zanjaba prácticamente el debate sobre la nulidad de las cláusulas suelo, para dejar paso al debate de la retroactividad de la nulidad, es decir, si ya sabemos que la cláusula suelo es nula, y se me ha aplicado en mi hipoteca, ¿desde cuándo me tienen que devolver el dinero abonado de más por la aplicación de la cláusula suelo?

Retroactividad limitada vs retroactividad total

Pues bien, la mencionada Sentencia del Tribunal Supremo decidió que las entidades bancarias deberían devolver el importe abonado de más desde dicha sentencia, principalmente porque la devolución de todo lo abonado indebidamente desde el inicio de la hipoteca produciría una situación insostenible para el sistema financiero, el cual paradójicamente año tras año obtiene millonarios beneficios.

No obstante, ni los jueces de nuestro país eran partidarios de limitar la retroactividad por diversos motivos, pero principalmente por un principio jurídico elemental inherente a la nulidad, que es la restitución íntegra de aquello que se ha declarado nulo, por lo que sí la cláusula suelo es nula, se debe restituir todo aquel importe abonado en exceso.

Debido a lo anterior, durante el año 2014 y 2015 todas las noticias que recibíamos apuntaban a la devolución íntegra del importe abonado indebidamente desde el inicio del préstamo hipotecario

La Unión Europea interviene en materia de cláusula suelo

Un Juez de nuestro país, y atendiendo a la contradicción existente entre la Sentencia del Tribunal Supremo que limita la devolución, y el resto de sentencias, que aplican taxativamente tanto la legislación española como la europea acordando la devolución íntegra del importe abonado de más, eleva esta cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

A finales del año 2015, la Comisión Europea presenta unas observaciones escritas donde pone de manifiesto rotundamente la necesidad de devolución íntegra del dinero, lo que hace apuntar que el Tribunal de Justicia determinará que la devolución deberá de ser desde el inicio del préstamo y no desde mayo de 2013.

Tal es así, que incluso el Banco Central Europeo, ha instado a los bancos españoles a que provisionen en sus presupuestos partidas para hacer frente a la devolución del importe cobrado en exceso, y todo ello debido a la gran repercusión económica que dicha medida va a suponer al sistema bancario.

Las entidades bancarias se centran en minorar la repercusión  de la devolución íntegra

Puesto que la previsión para la cláusula suelo en 2016 es la inminente devolución íntegra del importe, puesto que prácticamente la totalidad de las Sentencias así lo están acordando, y presumiblemente la Unión Europea ratificará esta postura, las entidades bancarias de nuestro país se afanan por reducir los gastos de esta devolución.

Algunos ofrecen a sus clientes eliminar la cláusula suelo sin devolución de importe alguno, otros modificar la hipoteca a un tipo de interés fijo, otros devuelven una cantidad irrisoria comparado con lo abonado efectivamente de más o incluso promueven actos de conciliación. Estas medidas paliativas de los bancos pretenden aprovechar la necesidad  económica de sus clientes y su desconocimiento jurídico para devolver menos de lo que por derecho les pertenece, siendo la única opción para recuperar íntegramente todo aquello abonado de más el acudir a la vía judicial.

En definitiva, todo apunta a que de nuevo y finalmente, tras un gran esfuerzo, la Justicia devolverá a los ciudadanos lo que las entidades bancarias le han venido cobrando de más todos los meses desde el inicio de la escritura por la aplicación de la abusiva cláusula suelo.

 

 

 

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