IRPH: Más allá de la sentencia. ¿Qué significa para tu hipoteca?
Autor: Equipo ArriagaEl pasado 12 de diciembre de 2024 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó la última sentencia sobre el IRPH, que estaba pendiente de resolverse en Europa.
La cuestión prejudicial fue elevada por el Juzgado de Primera Instancia N.º 8 de Donostia-San Sebastián y contaba con 22 preguntas sobre el IRPH que el TJUE ha agrupado y otras rechazado para responder, finalmente, a 7 preguntas.
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El caso del TJUE y cómo resuelve Europa
El caso elevado a Europa trata sobre una escritura de préstamo hipotecario concreta que el TJUE analiza y que nos sirve para establecer los requisitos que debió haber cumplido la banca para que la cláusula IRPH se impusiera de forma clara y transparente.
En sentido contrario, la cláusula del IRPH puede ser nula si el banco no te dio la información sobre cómo funcionaba el IRPH o no te remitió al BOE, a la Circular que regulaba el IRPH o te recogió la definición entera del IRPH en el contrato de préstamo, además, era muy relevante que te informara del diferencial negativo que iba unido al IRPH (muy pocos tienen estas referencias o, si las tienen, no están completas).
Además, no hay buena fe del banco por el simple hecho de usar un índice oficial, como es el IRPH. Se impuso al consumidor sin información, y este índice puede generar una desventaja económica si lo comparamos con otros índices que se imponían en el mismo momento.
Posibilidad de reclamar
La sentencia europea de marzo de 2020, la sentencia de julio de 2023 y la actual sentencia de 12 de diciembre de 2024 han sido positivas para conseguir la nulidad del IRPH y reclamar las cantidades pagadas de más.
Con esta experiencia es especialmente relevante para la defensa del IRPH conocer la interpretación que realice el Supremo y nuestros Tribunales de estas sentencias europeas, aunque Europa ha dejado poco margen de interpretación. Por ello, confiamos que en breve comiencen a reconocer la nulidad del IRPH. Europa ha dado unos requisitos muy claros para reclamar la nulidad del IRPH y, por nuestra experiencia, no se cumplen en la mayoría de los préstamos hipotecarios con IRPH.
Esto deja abierta la vía judicial a poder reclamar el IRPH, primero intentaríamos llegar a un acuerdo con el banco solicitando que te eliminen el IRPH de tu contrato de préstamo (pudiendo sustituirlo por Euribor) y que te devuelvan las cantidades pagadas de más. De no haber acuerdo, interpondríamos una demanda ante el Juzgado solicitando todo esto ante el juez.
Cantidades que puedo recuperar
Un consumidor con IRPH ha podido pagar de media 200€ más cada mes por su hipoteca en relación con lo que hubiera pagado con Euribor.
Si se reclama judicialmente el IRPH y finalmente se declara su nulidad y es sustituido, se podrían percibir entre 10.000 € – 40.000 €. (Este ejemplo se corresponde con un préstamo firmado en 2005, con un principal de 195.000€ y habiéndosele aplicado IRPH entidades + 0,25% de diferencial. Deberá analizarse cada caso concreto para establecer las cantidades a devolver.
Confiamos que la interpretación por parte de nuestros Jueces y Tribunales de las últimas sentencias de Europa sobre el IRPH respete los principios y requisitos que recoge Europa que son protectores con el consumidor y reconocen el abuso que hubo por parte de la banca en la imposición del IRPH.
Si tienes una hipoteca con IRPH, llámanos, te podemos ayudar.