¿Ahogado en deudas por las tarjetas Revolving?

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¿Qué son las tarjetas revolving?

Las tarjetas revolving son un tipo de tarjeta de crédito, cuya particularidad es que las compras, disposiciones en efectivo, etc. que se realicen con la misma y dentro de un límite de crédito, se pagan a plazos. La principal “ventaja” de este tipo de tarjetas, aparentemente, es que tú decides cuánto quieres abonar periódicamente. Por lo general pagas una cuota fija cada mes, que suele y puede ser baja, o un porcentaje de la deuda pendiente.

¿Qué intereses tienen y cómo funcionan las tarjetas revolving?

La realidad es que las tarjetas revolving funcionan como un microcrédito o una línea de crédito, y aplican unos intereses abusivos entre el 20 y el 30% (mucho más altos que los registrados por el Banco de España para créditos personales); pagando cuotas mensuales bajas y con unos intereses tan altos, la deuda se alarga indefinidamente. Por una compra de 900€ puedes acabar pagando 2.900€.

¿Cómo sé si mi tarjeta es revolving?

Para confirmar si tu tarjeta es revolving, tienes que acudir a los recibos mensuales y buscar el tipo de interés (T.A.E. o Tasa Anual Equivalente) que el banco nos aplica. Si el T.A.E. es superior al 20%, es una tarjeta revolving.

¿Qué se puede reclamar de las tarjetas revolving?

Puedes reclamar la nulidad del contrato de este tipo de tarjetas de crédito y la devolución del exceso de intereses pagados. Si quieres saber cómo reclamar, dependerá de que te veas en una u otra de estas dos situaciones:

  • Si el dinero pagado es más de lo prestado: Puedes reclamar judicialmente la nulidad del contrato y el exceso de capital más los intereses, el seguro y comisiones que te hayan cobrado.
  • Si todavía no has pagado lo prestado: Puedes reclamar judicialmente la nulidad del contrato de la tarjeta de crédito y la devolución de los intereses, el seguro y las comisiones; y abonar a las entidades financieras el capital prestado que te quede por pagar.

Nueva normativa sobre Tarjetas Revolving en 2021

El 2 de enero de 2021 entraba en vigor la nueva normativa sobre tarjetas revolving. La finalidad de la orden ministerial es dar mayor claridad y transparencia a la comercialización de este tipo de productos financieros. Por ello se exige a las entidades bancarias un estudio previo de solvencia y la obligación de dar información no sólo precontractual (contratos formalizados tras la entrada en vigor) sino también información periódica trimestral y adicional, esto último también se aplicará a los contratos formalizados antes del 2 de enero.

Las entidades financieras siguen incumpliendo en su mayoría. Desde que entró en vigor deben cumplir con estos requisitos pero los contratos firmados con anterioridad mantendrán los intereses desproporcionados, la única manera de deshacerte de la deuda perpetua que ocasionan es anulando el contrato.

 

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