Un proceso sencillo, pensado para ti

¿Qué es la hoja de encargo?

Es el documento con el que nos contratas. Garantiza los derechos y obligaciones de las dos partes.

 

Procurador: ¿Qué es y por qué aparece?

  • Tiene dos funciones: te representa ante los Tribunales y hace de enlace entre los Juzgados y tu
    abogado, es decir, solo es necesario en el caso de que tengamos que iniciar la vía judicial.
  • Para que pueda realizar su trabajo es necesario firmar un poder para pleitos que suele hacerse
    ante Notario o un apoderamiento APUD ACTA que te explicaremos cómo hacer en su momento.
  • Sus honorarios se fijan por Real Decreto y se facturan por separado de los honorarios de
    abogado.

 

Viabilidad de las reclamaciones

NO TODO SE PUEDE RECLAMAR. Analizaremos tu caso y te informaremos de las posibilidades y alternativas que tienes.

 

¿Qué es una obligación de medios?

No podemos garantizar un 100% de éxito, pero como profesionales pondremos todos los medios para alcanzar el mejor resultado para tus intereses.

 

¿Qué son las costas procesales? ¿Quién debe pagarlas? ¿Cómo se determina su importe?

Son los gastos del proceso judicial (normalmente honorarios de abogados y procuradores). El juez, en su resolución dice quien está obligado al pago, pero normalmente es quien pierde. El que gana propone el importe y el Letrado de la Administración de Justicia, dice si aprueba ese importe o lo cambia tras escuchar a ambas partes.

Conceptos que puedes escuchar en tu relación con Arriaga

  • Honorarios: es la cantidad que cobra Arriaga Asociados por el servicio prestado, esta detalla siempre en tu hoja de encargo.
  • Pago inicial: Cantidad fija que se paga al contratar para el inicio de nuestro trabajo.
  • Cantidad principal: La cantidad que nos reconoce el juez en sentencia o el importe que se fija en un acuerdo entre las partes. Por lo tanto, no siempre coincide con la estimación inicial.
  • Intereses legales: importe que puede conceder o no el juez, y que se calcula sobre el principal.
  • Perjuicio global: En las reclamaciones relacionadas con la usura (ejemplo tarjetas revolving), es la suma de la cantidad recuperada o reconocida y la deuda pendiente que quedaría anulada tras la resolución.
  • Perito: profesional independiente que en ocasiones es necesario para apoyar lo que se está reclamando. Tiene sus propios honorarios, en caso de proponerlo nosotros, le consultaríamos antes de contratar ese servicio extra.
  • Sentencia: documento que dicta el Juez en el que nos dice a quién da la razón, pueden ser:
    Estimatoria: nos da la razón en todo.
    Estimatoria Parcial: nos concede parte de lo que pedíamos (en estos casos, es posible, que no haya condena en costas a la otra parte).
    Desestimatoria: no nos da la razón en nada y absuelve a la otra parte.
  • Recurso: como norma general, tras la sentencia, las partes si no están de acuerdo con la resolución pueden recurrir todo o parte de lo que dice. Para ello, se tiene un plazo fijado por Ley. Si se presenta, se revisa por el órgano superior y se tendrá que dictar otra sentencia. Esto siempre va a retrasar el proceso, pero nosotros no podemos decidir sobre si la otra parte recurre.
  • Sentencia Firme: resolución sobre la que no hay posibilidad de presentar recurso.
  • Proceso o procedimiento judicial: todas las fases por las que pasa la reclamación desde que se presenta la demanda por el procurador en el juzgado, hasta que se dicta sentencia definitiva (no hay más recursos) y se cumple completamente lo acordado en la resolución. (Si quieres saber más sobre cada una de las fases, te invitamos a descargar el pdf que encontraras al final)
  • Acuerdo: pacto entre las partes con el que se pone fin a la reclamación. Puede ser judicial (si ya se ha presentado la demanda en el juzgado) o extrajudicial (si se realiza antes de presentar la demanda).
  • Ejecución: Fase del procedimiento judicial, en la que nos encontramos después de que la sentencia sea firme. En este momento, se realizan todas las acciones necesarias para el completo cumplimiento de la resolución.
  • Desistimiento: derecho por el cual puede finalizar su encargo con Arriaga Asociados en el momento que usted decida. Según el estado del encargo puede suponer unos costes que tendrá que abonar, se concretan en su hoja de encargo.
  • Revocación: posibilidad de anular la hoja de encargo dentro de los 14 días naturales siguientes a la firma de la misma, sin ningún tipo de coste para usted.