Cambios en las herencias internacionales a partir de 2015
Autor: Jesús María Ruiz de Arriaga RemirezContenido del Artículo
* La legislación europea en materia de herencias era una de las asignaturas pendientes
* Los ciudadanos europeos ya pueden elegir la ley que regirá los procedimientos de su herencia cuando los bienes están en diversos países
*La herencia internacional puede estar sujeta a varias leyes o a la elegida por el ciudadano
Como ya hemos avanzado en anteriores ocasiones, la legislación europea en materia de herencias era una de las asignaturas pendientes. Con la gran movilidad de personas que se producen en el actual momento, lo cierto es que no tener una norma común, dificulta mucho las cosas en las herencias internacionales.
Los ciudadanos europeos ya pueden elegir la ley que regirá los procedimientos de su herencia cuando los bienes están en diversos países. Muchos herederos renuncian a sus herencias cada año ante el lío que supone actualmente regirse por la ley de cada país o sencillamente, se quedan sin la herencia porque no saben que existe.
En caso de herencia internacional, los ciudadanos europeos ya pueden elegir la ley que regirá los procedimientos de su herencia
FUENTE pixabay.com
Aunque aún no ha entrado en vigor el Reglamento de la UE que se aplicará, a partir del 17 de agosto de 2015, a las sucesiones transfronterizas por fallecimiento, ya es posible elegir la legislación que deberá regir todos los procedimientos de la sucesión. Así, se puede elegir la ley aplicable a la herencia internacional e incluirla en el testamento, cuando es de una sola persona, o en el pacto sucesorio, si se trata de varias de ellas.
De esta forma, la sucesión mortis causa de una persona puede acabar sujeta a la regulación contenida en varios ordenamientos nacionales, lo que explica la necesidad de que el derecho de la Unión Europea tuviera que dar una solución armónica al fenómeno de las herencias internacionales en Europa.
En la actualidad, hay muchos ciudadanos con la posibilidad de heredar bienes en países distintos que llegan a renunciar a sus derechos sucesorios ante los graves problemas que plantean las diferencias legislativas entre países y los procedimientos a aplicar.
Los cambios en la normativa sobre herencias en Europa entrarán en vigor en agosto de 2015
FUENTE pixabay.com
El problema cuenta con una cifra económica importante. Las ventajas del nuevo sistema afectan a 5,5 millones de ciudadanos de otros países que residen en España, de los cuales cerca de 190.000 tienen más de 60 años. Hay, además, más de dos millones de españoles viviendo en el extranjero, el 36% en la UE. El nuevo reglamento europeo en materia de sucesiones busca garantizar la seguridad jurídica de las 450.000 herencias transfronterizas por valor patrimonial de 125.000 millones de euros que se producen al año.
La UE aprobó en 2012 el reglamento que regula la ley aplicable a las sucesiones transfronterizas y crea el certificado sucesorio europeo que entrará en vigor en agosto de 2015, dando un margen temporal a los Estados miembros para puedan homogeneizar sus procedimientos.
Por ejemplo, si una española elige que todos sus bienes se rijan cuando muera por la ley española, pero luego se casa con un ciudadano italiano y decide cambiar su nacionalidad, podrá mantener la elección y regir su herencia por la ley española. En caso, de que sea residente en España se le aplicará la norma regional correspondiente a su vecindad civil, ya que existen regulaciones distintas y con grandes diferencias. Si se cuenta con varias nacionalidades, se podrá elegir una de ellas, mientras que el apátrida deberá regular su sucesión por el Derecho del Estado de Residencia habitual.
Por tanto, si usted se encuentra en alguna de estas situaciones, lo mejor es que se asesore y tenga todo previsto. En Arriaga Asociados tenemos abogados especializados en herencias internacionales. Podemos ayudarle. Llámenos al teléfono gratuito 900 101 775.
Fundador de Arriaga Asociados. En 2011 funda el despacho, desde su propio domicilio en Huesca junto con su esposa, y con el tiempo, con un grupo de colaboradores. Arriaga nace como proyecto emprendedor, de la mano de las nuevas tecnologías, y orientado a un nuevo nicho de negocio: el derecho de los consumidores.
Ha compatibilizado esta labor con la de profesor a tiempo parcial en distintos centros formativos de gran prestigio como ESIC, Columbus IBS, la Universidad de Zaragoza, Universidad Inca Garcilaso de la Vega (Perú), Cepebank (Perú), etc. los campos de: Dirección Estratégica, Dirección Financiera, Marketing, Auditoría Financiera,
Jesús cuenta con 6 licenciaturas y 13 posgrados. Destaca la obtención de la licenciatura de derecho con prácticamente 50 años (Derecho, ADE, Ciencias del Trabajo, Investigación y Ciencias del Mercado, Empresariales)