La entidad bancaria infringió varias de las obligaciones reguladas en la Ley General Defensa de los Consumidores y Usuarios y en la Ley del Mercado de Valores
Como es sabido, la comercialización de las participaciones preferentes por parte de Bankia ha sido una de las más llamativas por las numerosas infracciones de la normativa sectorial reguladora de los deberes de información y trasparencia. . Tanto en la fase precontractual como en la contractual, Bankia noactuó de forma honesta, imparcial y profesional; no proporcionó informaciónveraz , clara y exacta y a la hora de ofrecer sus servicios y productos no tuvo en cuenta los perfiles de sus clientes, ni sus intereses.
En definitiva, en vulneración de la buena fe contractual (Artículo 7 del Codigo Civil) Bankia no fue leal hacia sus propios clientes. . Y como anticipado, con su conducta durante la comercialización de participaciones preferentes violó la regulación legal. A modo de resumen, básicamente, las normas legales incumplidas fueron las siguientes:
1-Los clientes de Bankia como consumidores de servicios bancarios tenían derecho antes de contratar a ser informados de forma clara, comprensible y adaptada a las circunstancias (Artículos. 3, 8.d y 60 de la Ley General Defensa de los Consumidores y Usuarios). Y a obtener previamente documentos claros y sencillos (Artículo 80 de la la Ley General Defensa de los Consumidores y Usuarios).
2- Bankia tampoco cumplió las obligaciones recogidas en el artículo 79 de la Ley del Mercado de Valores. No se comportó con diligencia y transparencia en interés de sus clientes y no cuidó de sus intereses como si fueran propios.
Bankia también vulneró la Ley General Defensa de los Consumidores y Usuarios y la Ley del Mercado de Valores en la colocación de preferentes FUENTE: commons.wikimedia.org
3- Igualmente Bankia trasgredió las obligaciones de información establecidas en el artículo 79 bis de la mencionada ley . Vulneró su apartado segundo, al proporcionar a los clientes una información oscura, parcial y engañosa, y el apartado quinto al no contar con la información necesaria sobre sus clientes y no adecuando su oferta al test de idoneidad, que no practicaba aunque fuera obligatorio. Asimismo, no facilitó a los inversores información vital sobre la entidad : su debilísimo estado patrimonial. No hay más que comprobar los hechos acaecidos poco después cuando Bankia tuvo que ser rescatada por el Estado.
A todo ello, hay que añadir otras obligaciones legales que Bankia incumplió durante la comercialización de participaciones preferentes. El no informar ninguna de las rebajas de rating que calificó de bono basura el producto que había recomendado y no comunicar la constante pérdida de valor del producto. Es evidente que no quería que sus clientes se percataran que no habían contratado un depósito a plazo fijo y que estaban perdiendo dinero.
Bankia aleccionó e incentivó a sus empleados para que colocaran las preferentes a los clientes
FUENTE: pixabay.com
Por último, ha quedado demostrado que para animar a sus empleados a colocar las participaciones preferentes puso objetivos de venta e incentivos y aleccionó a sus empleados
Por tanto, desde Arriaga Asociados seguimos recomendándoles que si es titular de participaciones preferentes de Bankia, pueden reclamar su inversión , acudiendo a la vía judicial.
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