Qué hacer ante una herencia con deudas
Autor: Equipo ArriagaSaber cómo actuar legalmente en estos casos puede ahorrarnos muchos problemas
Dada la situación económica que vivimos en la actualidad, cada vez son más habituales las herencias con deudas. Saber cómo actuar legalmente en estos casos puede ahorrarnos muchos problemas y evitarnos males mayores.
En la práctica general, nos encontramos con dos supuestos en los que los herederos no quieren aceptar la herencia: una es cuando el fallecido deja deudas de más valor que los bienes que forman la herencia y otra cuando los herederos no pueden o no quieren pagar los impuestos.
Si una herencia tiene deudas es conveniente acudir a un abogado
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Si se va a renunciar a una herencia lo primero que debe saberse es que la renuncia supone no recibir ningún bien, pero tampoco ninguna deuda del fallecido, con lo cual nos evitamos el pago de impuestos. Pero si, efectivamente, se va a renunciar a la herencia hay que tener mucho cuidado con los documentos que se firman antes.
Si se ha decidido renunciar a la herencia hay que ser especialmente cuidadoso con los actos previos a esa renuncia pues, si se llevan a cabo, se puede conseguir justo el efecto contrario: que la herencia se considere tácitamente aceptada y ya no pueda rechazarse.
Nos referimos, por ejemplo, a la firma del contrato de alquiler del fallecido o a cualquier disposición de dinero de sus cuentas bancarias. Cualquier acto de esta naturaleza que se realice ejerciendo las facultades de un heredero puede impedir la renuncia posterior.
Cómo se renuncia, pues, a una herencia. En principio, sin mayores complicaciones. Se trata de un trámite muy sencillo, basta comparecer ante el notario con el certificado de defunción de la persona fallecida y declarar su voluntad de renunciar, firmando la correspondiente escritura.
Sin embargo, hay una variante que se debe tener en cuenta en la renuncia y es la aceptación a beneficio de inventario. Muchos de ustedes quizás habrán escuchado este término pero a lo mejor no tienen tan claro lo que supone.
La aceptación a beneficio de inventario es una solución ante herencias con deudas
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La aceptación a beneficio de inventario es una forma particular de aceptar la herencia en la que el heredero sólo responde de las posibles deudas del causante hasta donde alcance el valor de los bienes que reciba en esa misma herencia. Por tanto, nunca puede deber más de lo que recibe.
Es una buena solución cuando no están claras las posibles responsabilidades económicas de fallecido. Y, de hecho, suele utilizarse en aquellos supuestos en que la herencia tiene bienes suficientes pero en un futuro pueden surgir nuevas deudas derivadas. Por ejemplo, de avales o de inspecciones fiscales.
En este caso, al tratarse de una auténtica aceptación de herencia, sí se deberá pagar la parte correspondiente a los impuestos. La tramitación de esta figura es más complicada que la aceptación simple y sí requiere del asesoramiento siempre de un buen profesional.
Contacte con un despacho de abogados especialista en herencias y hágale partícipe de su situación personal. Podrán ayudarle y velar por sus intereses.