Más condenas para los bancos por incluir cláusulas suelo en las hipotecas
Autor: Equipo ArriagaGracias a la labor informativa y al movimiento “La Gran Demanda” impulsado por nuestro despacho en pro de los ciudadanos afectados por los abusos bancarios, se están interponiendo y a su vez resolviendo un gran volumen de demandas judiciales en toda España, también en lo referente a cláusulas suelo.
Los Tribunales están decidiendo en su mayoría, a favor de condenar a las entidades financieras y resolver como abusivas las cláusulas suelo y techo contenidas en las escrituras hipotecarias, puesto que los bancos tienen difícil acreditar que informara adecuadamente y con suficiente antelación, del riesgo y alcance económico que la inclusión de dicha cláusula supondría en la economía del hipotecado.
La mayoría de las cláusulas suelo no fueron advertidas por las entidades a los clientes antes de la suscripción de la hipoteca, lo que ha incrementado en los últimos años la mala praxis bancaria y la indefensión de los clientes en los casos de subrogaciones hipotecarias.
La Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de Mayo de 2013 significó en su día un aire de esperanza para los clientes que durante todos los años habían estado pagando unos intereses elevados a causa de la cláusula limitativa, que únicamente ha favorecido a las entidades financieras que se han lucrado a costa de los clientes.
En la mayoría de los casos, los clientes están pagando entre 100 y 200 euros de más al mes, por lo que la eliminación judicial de la cláusula suelo y, a su vez, la devolución de todas las cantidades que les han sido cobradas en exceso, supone una compensación por las prácticas irregulares de la entidad, y así se está siendo reconocido por la mayoría de sentencias dictadas por nuestros Tribunales hasta la fecha.
Utilizando la exposición del Tribunal Supremo, que a su vez ha sido incorporada a las resoluciones de otros Juzgados, la conclusión a la que llegan los razonamientos jurídicos son que las cláusulas suelo, pese a incluirse en contratos ofertados como préstamos a interés variable, de hecho, de forma razonablemente previsible para el empresario y sorprendente para el consumidor, les convierte en préstamos a interés mínimo fijo del que difícilmente se benefician de las bajadas del tipo de referencia.
Asimismo, los juzgados están diciendo también que la oferta como interés variable, no completada con una información adecuada, incluso cuando su ubicación permite percatarse de su importancia, es engañosa y apta para desplazar el foco de atención del consumidor sobre elementos secundarios que dificultan la comparación de ofertas.
Las sentencias más recientes que condenan a los bancos por la inclusión de cláusulas suelo desproporcionadas y que no cumplen con los criterios de transparencia son cada vez más elevadas, por lo que se está declarando su nulidad y condenando a las entidades a la devolución a los clientes de las cantidades cobrabas en exceso.
Visto el panorama judicial, que resuelve a favor de los clientes que contrataron préstamos hipotecarios que contenían la cláusula suelo, esto no puede más que animarnos y animar a todo los afectados a iniciar sus particulares demandas judiciales en busca de Justicia. Eso sí, con un buen asesoramiento previo y la seguridad de que su caso se puede resolver satisfactoriamente, como hacen nuestros abogados si les piden una cita gratuita.