Las hipotecas multidivisa en 2016
Autor: Equipo ArriagaEste año 2016 que termina ha resultado especialmente destacado para aquellos consumidores afectados por la suscripción de hipotecas multidivisa. Estos préstamos, de los que ya hemos hablado con anterioridad en este blog, tienen como elemento diferenciador el hecho de que se les añade un “derivado implícito” (la cláusula multidivisa) cuyo ejercicio determina que el tipo aplicable será el correspondiente a la divisa seleccionada y que el capital pendiente dependerá de la evolución del tipo de cambio de dicha divisa (distinta del euro).
Por tanto, esta hipoteca no emplea el euro como divisa y depende de la fluctuación de la moneda extranjera elegida. Del mismo modo, generalmente tampoco estará referenciado al Euribor, que es el índice más común entre las entidades bancarias que operan en nuestro país.
Datos relevantes
Se estima que existen más de 60.000 personas afectadas por este tipo de hipotecas en nuestro país, y para todas ellas se está abriendo cada vez con más fuerza el camino para que se haga justicia con su situación.
En una inmensa mayoría de casos estas hipotecas se han comercializado como aquellas hipotecas “tradicionales” (referenciadas al Euribor y empleando el euro como divisa), ofreciéndolas a consumidores sin la cualificación adecuada y sin una correcta explicación de los riesgos que implica.
Estos riesgos derivan, perfil del cliente aparte, de una inadecuada explicación de la tendencia de los mercados monetarios a los consumidores, dado que la necesidad de estimar el comportamiento de la moneda elegida para el préstamo supone un esfuerzo mayor que el que implica la firma de una hipoteca referenciada en euros.
Hipotecas multidivisa en 2016
Como decimos, 2016 está siendo especialmente relevante para todos los afectados, pues de manera jurisprudencial se está reconociendo por más y más juzgados y tribunales de instancias superiores algo que anteriormente estaba en tela de juicio: la hipoteca multidivisa ha de entenderse como un producto financiero complejo.
Como consecuencia de esto, y pese a tratarse de un préstamo, se establece que la hipoteca multidivisa se halla sujeta a las disposiciones de la Ley del Mercado de Valores y, en consecuencia, las entidades están obligadas a cumplir los deberes de información asociados a los productos complejos.
Este enfoque, que se ha visto reforzado a lo largo de todo el año a lo largo y ancho de la geografía española, hace inadmisible a día de hoy la comercialización de estos préstamos a clientes minoristas. Además, requiere de un detallado estudio del perfil del prestatario para asegurar que comprende no sólo el funcionamiento del producto sino también la evolución a lo largo del tiempo del mismo así como de las factores de los que depende (principalmente el índice referencia y la divisa fijados en el contrato).
Se trata, por tanto, de una interpretación que protege a quienes estén pensando en suscribir una hipoteca de este tipo pero también favorece a todas aquellas personas que firmaron anteriormente un producto de este tipo, pues su consentimiento se encuentra viciado.
Con esta jurisprudencia, en consecuencia, se refuerza la protección al consumidor y se abre definitivamente la vía para que se lleve a los prestatarios a la situación en que se encontrarían de no haber firmado un contrato a todas luces desfavorable para sus intereses, recalculando la hipoteca desde un principio en euros y contando del mismo modo en euros la amortización del total pagado.
La importancia del asesoramiento legal
Sobre el papel, con esto se acaba la encerrona que han estado experimentando muchas personas que veían cómo después de años de pagar puntualmente la letra de su hipoteca, no sólo no habían amortizado parte del capital que invirtieron sino que su deuda con el banco ahora es mayor que la que firmaron en un primer momento.
Debemos recordar de todos modos que, pese a estas victorias judiciales, la mayoría de entidades bancarias están manteniendo las condiciones originales de la hipoteca multidivisa (aún en el 2016) si no hay reclamación por parte del prestatario. Así pues, y para poner fin a una situación dramática que muchas familias no podían ni imaginar, es fundamental solicitar asesoramiento legal para obtener una resolución judicial favorable en los términos que explicamos en el presente artículo.
Te informamos en el teléfono gratuito 900 264 600.