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Preguntas frecuentes sobre Cláusula Suelo y Gastos de Hipoteca

Autor: Equipo Arriaga

Preguntas sobre Cláusula Suelo y Gastos de Hipoteca | Arriaga Asociados

¿Cómo saber si tengo Cláusula Suelo o de Gastos Hipotecarios en mi Hipoteca?

Una de las preguntas más habituales sobre cláusula suelo y gastos de hipoteca es dónde está localizada. La cláusula suelo que habitualmente contienen los contratos de préstamo hipotecario suele venir contenida en la cláusula Tercera Bis, que a menudo se refiere a la variabilidad del tipo de interés. La denominación de la cláusula y su ubicación en la escritura pueden variar en función de la entidad financiera.

Por otro lado, la cláusula de Gastos Hipotecarios suele ser más fácil de identificar, ya que con frecuencia se recoge como una de las últimas cláusulas financieras. En virtud de la misma y por voluntad unilateral del banco, el cliente debe afrontar todos los gastos derivados del préstamo. No obstante, el Tribunal Supremo ya declaró nulas estas cláusulas en enero de 2015.

En esta entrevista a Jesús Mª Ruiz de Arriaga podrás escuchar sus respuestas a las dudas de los afectados por cláusula suelo y gastos de hipoteca, en el magacín matinal de Castilla La Mancha Estando Contigo (a partir del minuto 43´26″).

¿Cómo reclamar la Cláusula Suelo y cómo reclamar los Gastos de Hipoteca?

Tanto la cláusula suelo como la cláusula que impone al prestatario el pago de todos los gastos derivados de la hipoteca, deben reclamarse judicialmente. Ambas cláusulas han sido declaradas abusivas y en consecuencia, nulas, por nuestros Juzgados y Tribunales de Justicia. Por este motivo, la iniciación de un procedimiento judicial se presenta como el único cauce que puede asegurar la recuperación del dinero pagado de más.

Actualmente son prácticamente inexistentes los casos en los que las entidades financieras acceden a devolver el dinero sin mediar una reclamación judicial alguna. Por este motivo se aconseja la interposición de una demanda como medio para la recuperación del dinero pagado de más. Además, los precedentes cada vez son más favorables para los consumidores, lo que convierte la reclamación judicial como el mecanismo más eficaz para la recuperación del dinero.

¿Cómo calcular la Cláusula Suelo?

El cálculo es relativamente sencillo. Por un lado hay que calcular la diferencia de cuotas existente entre las que se han pagado aplicando la cláusula suelo y las que se deberían de haber pagado sin la intervención de la misma.

Por otro lado, hay que recalcular el cuadro de amortización para que el capital pendiente de amortizar refleje la cantidad que habría resultado de no haberse aplicado nunca la cláusula suelo.

Sólo a través de los dos cálculos podrá evitarse que la aplicación de la cláusula abusiva, tenga impacto económico alguno sobre los prestatarios.

¿Hasta cuándo se puede reclamar la Cláusula Suelo y hasta cuándo puedo reclamar los Gastos de Hipoteca?

Otra de las preguntas recurrentes sobre cláusula suelo y gastos de la hipoteca es el plazo de reclamación. Al tratarse de cláusulas abusivas y, por tanto, nulas de pleno derecho, en principio no debería haber plazo alguno de prescripción o caducidad para el ejercicio de las correspondientes acciones, pero algunos partidos judiciales han fijado algunas fechas.  para iniciar un procedimiento judicial.   nciera en cuestión.

A estos efectos, resulta indiferente la fecha en la que se firmó la escritura de préstamo que contiene la cláusula suelo o si el préstamo ya fue totalmente amortizado. En cualquiera de los escenarios, podrá solicitarse la declaración de nulidad de la cláusula y exigir la devolución de lo pagado de más.

Éxito de Jesús María Ruiz de Arriaga en los Tribunales

A los éxitos ya cosechados por el despacho de abogados de Jesús María Ruiz de Arriaga en la reclamación de la Cláusula Suelo, deben comenzar a sumarse los logrados por la reclamación de los gastos hipotecarios. Por ejemplo, la reciente Sentencia del 19 de abril de 2017 del Juzgado nº 5 de Gijón en la que se logró recuperar lo cobrado de más en concepto de gastos hipotecarios para un consumidor, con las costas procesales para la entidad bancaria.

La demanda, interpuesta frente a BBVA, fue estimada totalmente en base a la argumentación que expuso el Tribunal Supremo en su Sentencia de 23 de diciembre de 2015. Así, la cláusula de gastos hipotecarios contenida en una escritura de préstamo que fue firmada en enero de 2005, fue declarada nula y el Juzgado condenó a la entidad financiera a la devolución de todo lo pagado de más y a las costas causadas.

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