El Tribunal Supremo Confirma: Complemento de Brecha de Género para Hombres en Igualdad de Condiciones

Una reciente y trascendental sentencia del Tribunal Supremo ha unificado la doctrina, confirmando que el Complemento de Brecha de Género en las pensiones debe ser satisfecho a los hombres en las mismas condiciones que a las mujeres. Esta resolución corrige la ley de la Seguridad Social y marca un hito importante para miles de pensionistas varones con hijos.

El complemento de brecha de género, que sustituyó al antiguo complemento de maternidad por aportación demográfica, entró en vigor en febrero de 2021. Su objetivo inicial era compensar el perjuicio en la carrera profesional de las mujeres por el cuidado de los hijos. Sin embargo, la normativa exigía a los hombres requisitos adicionales que, en la práctica, limitaban enormemente su acceso a este beneficio.

La Discriminación Reconocida y Corregida

El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha establecido que la exigencia de requisitos extra a los hombres (como la interrupción o afectación de su carrera profesional debido al cuidado de los hijos) para acceder a este complemento, tal como se contemplaba en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social, contraviene la normativa de igualdad de trato de la Unión Europea.

Esta decisión del Supremo se alinea con la doctrina sentada previamente por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que ya había señalado que imponer condiciones más duras a los hombres constituía una discriminación directa por razón de sexo.

¿Qué Implica esta Sentencia para los Hombres Pensionistas?

La confirmación del Tribunal Supremo es una excelente noticia para aquellos padres que se encuentren en las siguientes situaciones:

  • PENSIONISTAS CON UN HIJO O MÁS: Hombres beneficiarios de pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
  • IGUALDAD DE CONDICIONES: Ya no se les podrán exigir requisitos adicionales a los que se piden a las mujeres. El acceso al complemento debe ser igualitario.
  • CUANTÍA DEL COMPLEMENTO: El complemento, cuya cuantía se actualiza anualmente (en 2025 es de 35,90 euros mensuales por hijo, con un límite de cuatro hijos), se sumará a la pensión.
  • RETROACTIVIDAD Y POSIBLES INDEMNIZACIONES: La sentencia abre la puerta a que los hombres puedan reclamar el complemento con efectos retroactivos desde la fecha del hecho causante de su pensión. Además, en algunos casos, el propio TJUE ya ha reconocido el derecho a una indemnización (de 1.800 euros) para aquellos hombres que se vieron obligados a acudir a los tribunales por la denegación discriminatoria del complemento.

¿Quiénes pueden reclamar el Complemento de Brecha de Género?

Pueden reclamar este complemento aquellos hombres que, habiendo tenido uno o más hijos, cumplan con los requisitos para acceder a una pensión contributiva (jubilación, incapacidad permanente o viudedad) y se encuentren en una situación similar a la de las mujeres que ya lo perciben.

Es crucial analizar cada caso individualmente, especialmente si tu pensión se causó a partir del 4 de febrero de 2021. Si te has jubilado o accedido a otra pensión contributiva con hijos, y no percibes este complemento o te fue denegado, podrías tener derecho a él.

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Esta sentencia es un espaldarazo definitivo a los derechos de los padres. No permitas que la burocracia o la desinformación te impidan recibir lo que te corresponde por ley.

Te recomendamos:

  • Revisa tu situación: Comprueba si cumples los requisitos para solicitar este complemento.
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