El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha sufrido un nuevo revés judicial. En una sentencia de segunda instancia, los tribunales no solo han reconocido el derecho de un pensionista al complemento de paternidad, sino que han condenado a la administración a pagar una indemnización por vulnerar derechos fundamentales. Y el es que el cliente tuvo que llegar accionar la vía judicial porque no le contestaron en plazo en la vía administrativa
El fin de la discriminación: Justicia para los pensionistas
Hasta hace poco, la denegación sistemática del complemento de maternidad (ahora de reducción de brecha de género) a los hombres era la norma. Sin embargo, este nuevo fallo judicial es tajante: esta práctica constituye una vulneración del derecho fundamental a la igualdad de trato y no discriminación.
Esta victoria en segunda instancia refuerza la protección del ciudadano frente a la Administración Pública y marca un antes y un después en las reclamaciones de pensiones en España.
¿Qué supone esta condena para otros pensionistas?
Esta sentencia abre la puerta a que miles de hombres que vieron denegada su solicitud inicialmente puedan reclamar no solo lo que les corresponde por ley, sino también una compensación por los daños causados al tener que acudir a los tribunales de justicia.
- Reconocimiento del complemento: Incremento de la pensión conforme a los hijos tenidos.
- Pago de atrasos: Cobro con efectos retroactivos desde la fecha de jubilación.
- Indemnización adicional: Compensación económica por la vulneración de derechos fundamentales (artículo 14 de la Constitución Española).
Reclama tu complemento de pensión con expertos
Si eres pensionista (jubilación, incapacidad permanente o viudedad) entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, y el INSS te denegó el complemento o nunca lo solicitaste, tienes derecho a actuar.
No te conformes con una negativa administrativa. En Arriaga Asociados te ayudamos a recuperar lo que te pertenece por ley
