Vivienda no entregada

¿PAGASTE UN ADELANTO EN LA COMPRA DE TU VIVIENDA Y NO HA SIDO ENTREGADA?

Tienes derecho a reclamar a la entidad aseguradora que tenía que haber avalado la operación.

¿En qué consiste la reclamación?

Se reclama la nulidad del contrato y la devolución de las cantidades entregadas anticipadamente.

¿Contra quién se interpone la demanda?

Contra las aseguradoras firmantes del aval o seguro de caución.

Según el Tribunal Supremo, también deberán responder las entidades financieras en las que se hubiesen depositado las cantidades (debían haberse asegurado de que la promotora o cooperativa había contratado el seguro o aval).

¿Quién responde si la promotora se declara insolvente?

La promotora siempre debe devolver el dinero, pero en general será insolvente. En este caso, el orden de responsables es:

  1. Si hay aval o seguro individualizado, responderá la avalista o aseguradora.
  2. Si no lo hay, pero hay un contrato de línea de avales o póliza general de seguro, también responde la avalista o aseguradora.
  3. Si no hay ninguna de las garantías anteriores, responde la entidad financiera que ha recibido los ingresos.

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