Eliminar la cláusula suelo de La Caixa ¿debo reclamar al Banco de España?
Autor: Luis MendicutiAnte la avalancha de demandas judiciales, algunas entidades bancarias han decidido motu proprio dejar de aplicar las cláusulas suelo incluidas en sus contratos de préstamo hipotecario lo que conlleva una rebaja automática del recibo hipotecario para sus clientes. La cláusula suelo de La Caixa es ejemplo de ello.
En concreto, La Caixa (ahora Caixabank S.A.) inaplicó las cláusulas de sus préstamos hipotecarios en el mes de octubre de 2015, decisión estrictamente comercial, al contrario de lo que ha ocurrido con otras entidades a las que los Tribunales han obligado a eliminar de sus préstamos hipotecarios las cláusulas suelo, como por ejemplo, BBVA o Banco Popular.
Esta decisión, pese a ser beneficiosa para los clientes de la entidad, plantea dos problemas:
- En primer lugar, la decisión de La Caixa sobre la cláusula suelo se limita a dejar de aplicarla pero no a devolver las cantidades abonadas por la aplicación de la misma, devolución que es la consecuencia inherente a la declaración de nulidad de la cláusula.
- En segundo lugar, existe la incertidumbre de si la entidad podría volver a aplicar la cláusula en el futuro, puesto que ningún Tribunal le ha obligado a eliminarla del préstamo hipotecario.
El hecho de que La Caixa haya inaplicado la cláusula suelo no impide que los clientes puedan acudir a los Tribunales para pedir la nulidad de la misma y la devolución de las cantidades pagadas de más. De hecho, si la entidad no accede a devolver dichas cantidades, la demanda judicial es la vía idónea para conseguirlas y también de asegurarnos de que la entidad bancaria no volverá a aplicar la cláusula suelo.
Por otra parte, respecto a la posibilidad de acudir al Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España, a nuestro juicio no es aconsejable que aquellos clientes de La Caixa con cláusula suelo que se encuentren en esta situación presenten una reclamación ante dicho organismo, puesto que se inicia un procedimiento que dura alrededor de diez meses, y el informe finalmente emitido por dicho Departamento no es vinculante. Es decir, que no obliga a la entidad bancaria a, en su caso, eliminar la cláusula suelo o devolver las cantidades pagadas por la misma.