Abogados Matrimonialistas: El Derecho Matrimonial a tu servicio
Autor: Jesús María Ruiz de Arriaga RemirezEl derecho matrimonial forma parte del derecho de familia, que es el conjunto de normas e instituciones jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran la familia, entre sí y respecto de terceros.
El conjunto de leyes recogidas en el Código Civil y Canónico están a tu servicio para, en caso de conflicto familiar, establecer el régimen a seguir más justo y menos gravoso para todas las partes.
En situaciones de divorcio, separación, nulidad… necesitas un abogado matrimonialista.
Contenido del Artículo
El Derecho Matrimonial
El derecho matrimonial es el conjunto de normas jurídicas que regulan la institución del matrimonio, como relación entre los cónyuges, que sin ser parientes, crean mediante un contrato, un vínculo sólido, base de la estructura familiar y con consecuencias legales.
Casos en los que se aplica:
- Separación de mutuo acuerdo o contenciosa.
- Divorcio de mutuo acuerdo o contencioso.
- Nulidad matrimonial.
- Custodia de los hijos, guarda y custodia exclusiva o compartida y su régimen de visitas.
- Atribución del uso de la vivienda conyugal y del resto de propiedades, de haberlas.
- Pensiones alimenticias a los hijos.
- Pensiones de alimentos entre los cónyuges.
- Disolución del régimen económico matrimonial y de los bienes comunes, tanto en régimen de gananciales como en separación de bienes.
- Redacción de Convenio Regulador de la separación, donde se recogen todos los aspectos referidos anteriormente.
- En caso de no ser de mutuo acuerdo, redacción de demanda por la vía contenciosa para solicitar las medidas en cuanto a lo citado anteriormente.
Separación o Divorcio
Como hemos comentado en posts anteriores, la principal diferencia entre divorcio y separación es que el divorcio disuelve el vínculo matrimonial.
El divorcio supone la disolución del vínculo matrimonial y conlleva el fin del régimen económico, la pérdida de los derechos sucesorios entre los cónyuges y de las obligaciones derivadas del matrimonio. Cualquiera de las partes tras el divorcio, puede volver a contraer matrimonio civil.
La separación es la cesión de la convivencia de la pareja, tanto si es una separación de hecho como si es judicial, el vínculo del matrimonio no se rompe, es decir, siguen siendo marido y mujer y no podrán contraer matrimonio. Si se trata de una separación de hecho no hay cambios tampoco en el régimen económico, por medio de la separación judicial/legal, el régimen económico puede disolverse.
Tanto la separación como el divorcio, pueden ser de mutuo acuerdo o contencioso.
Divorcios de mutuo acuerdo o contenciosos
De mutuo acuerdo siempre es más sencillo, rápido y económico. La demanda de divorcio la presentarían las dos partes o una de ellas con el consentimiento de la otra. Para esto solo se necesita de un abogado y un procurador. Anteriormente la pareja ha debido pactar un convenio regulador que ratificará un juez, recogiendo todas las medidas a las que se acogerán ambos. Si el juez lo ve ajustado a derecho, que no sea gravoso para los hijos o para alguna de las partes, dictará sentencia de conformidad. Por lo contencioso, será el juez directamente el que dicte sentencia con las medidas a las que habrán de ajustarse ambos cónyuges.
Uso de la vivienda conyugal
El cese de la convivencia, ya sea por separación o divorcio trae para los cónyuges un cambio en todo lo que hasta ahora había sido común y por la nueva situación va a dejar de serlo. La vivienda conyugal, es decir, dónde residía la pareja hasta el momento de separarse es pieza clave en cualquier procedimiento de separación o divorcio. El derecho de familia tiende a proteger al menor. Es decir, sea quien sea el propietario y el régimen económico que tuviera el matrimonio, se prima el derecho de los hijos a mantener, en la medida de lo posible, la forma de vida que tenían, así que, la vivienda conyugal la ocupará el que tenga la custodia, en términos generales.
Liquidación de la sociedad de gananciales
En caso de no haber separación de bienes y que el matrimonio esté sujeto al régimen económico de gananciales, habrá que disolver este régimen y con todos los datos patrimoniales y fiscales de la pareja, proceder a la división de los bienes comunes.
Modificación de medidas
Procedimiento que se lleva a cabo para modificar los efectos fijados por una sentencia anterior, a causa de haberse alterado sustancialmente las circunstancias que motivaron los efectos de esta primera sentencia. Es muy habitual que haya cambios en la economía de alguna de las partes y que la pensión de alimentos a los hijos a la compensatoria al cónyuge tenga que variar.
Nulidad Matrimonial
A diferencia del divorcio o la separación, la nulidad matrimonial implica la invalidación del matrimonio por un vicio o defecto de carácter esencial en su celebración. Una vez declarado nulo, se considera que nunca ha existido.
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Fundador de Arriaga Asociados. En 2011 funda el despacho, desde su propio domicilio en Huesca junto con su esposa, y con el tiempo, con un grupo de colaboradores. Arriaga nace como proyecto emprendedor, de la mano de las nuevas tecnologías, y orientado a un nuevo nicho de negocio: el derecho de los consumidores.
Ha compatibilizado esta labor con la de profesor a tiempo parcial en distintos centros formativos de gran prestigio como ESIC, Columbus IBS, la Universidad de Zaragoza, Universidad Inca Garcilaso de la Vega (Perú), Cepebank (Perú), etc. los campos de: Dirección Estratégica, Dirección Financiera, Marketing, Auditoría Financiera,
Jesús cuenta con 6 licenciaturas y 13 posgrados. Destaca la obtención de la licenciatura de derecho con prácticamente 50 años (Derecho, ADE, Ciencias del Trabajo, Investigación y Ciencias del Mercado, Empresariales)