Residencia, nacionalidad, arraigo y visados. Asesoramiento legal especializado para iniciar tu trámite con las máximas garantías.
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Cada trámite de extranjería es diferente. Por eso analizamos tu situación para ayudarte a elegir el procedimiento más adecuado y gestionar todo el proceso con eficacia.
Un abogado experto en extranjería revisará tu situación y te ayudará a gestionar tu procedimiento de residencia, nacionalidad, visado, arraigo, reagrupación familiar o permiso de trabajo, con un servicio personalizado pensado para que no tengas que preocuparte por los trámites, los plazos ni la documentación.

¿POR QUÉ ELEGIRNOS COMO TU ABOGADO DE EXTRANJERÍA?
Analizamos tu situación para identificar el procedimiento de extranjería que mejor se adapta a tus necesidades.
Nos encargamos de todo el proceso, desde la preparación de la documentación hasta el seguimiento y resolución de tu expediente.
Te acompañamos durante todo el procedimiento para que no tengas que preocuparte por plazos, requisitos o gestiones administrativas.
Así es nuestro procedimiento paso a paso
ANALIZAMOS TU SITUACIÓN
PREPARAMOS Y PRESENTAMOS TU SOLICITUD
REALIZAMOS EL SEGUIMIENTO
VIA JUDICIAL
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REQUISITOS PARA PODER INICIAR TU TRÁMITE DE EXTRANJERÍA
Antes de presentar cualquier solicitud, es importante comprobar que cumples los requisitos exigidos para el procedimiento que deseas realizar. Un estudio previo de tu situación permitirá elegir la vía más adecuada y preparar un expediente completo desde el primer momento.
Elegir el procedimiento adecuado
Residencia, nacionalidad española, arraigo, reagrupación familiar, visados, PAC (Permiso para Profesionales Altamente Cualificados) o permisos de trabajo. Cada procedimiento tiene requisitos y documentación específicos.
Disponer de la documentación necesaria
La correcta preparación de la documentación es fundamental para evitar retrasos, requerimientos o posibles denegaciones.
Cumplir los requisitos legales
Cada procedimiento exige acreditar determinadas circunstancias, como tiempo de residencia, vínculos familiares, contrato de trabajo, medios económicos o integración, según el caso.
Presentar un expediente completo
Una solicitud bien preparada, con toda la documentación correctamente revisada, aumenta las posibilidades de obtener una resolución favorable.
Documentación necesaria
Para iniciar cualquier solicitud de residencia, estancia o regularización en España, es imprescindible presentar una serie de documentos obligatorios. Aunque los requisitos específicos varían según el tipo de autorización, existen documentos comunes para extranjería que siempre debes preparar:
Impreso oficial de solicitud:
Modelo EX correspondiente debidamente cumplimentado y firmado.
Pasaporte en vigor:
Original y copia completa de todas las páginas del pasaporte.
Certificado de empadronamiento:
Volante actualizado que acredite tu domicilio habitual.
Pago de tasas:
Justificante del abono del Modelo 790 correspondiente.
OPINIONES SOBRE EXTRANEJERÍA



PREGUNTAS FRECUENTES
Depende de tu objetivo y de tus circunstancias personales. Existen diferentes procedimientos para obtener la residencia, un permiso de trabajo, un visado, el arraigo, la reagrupación familiar o la nacionalidad española. Analizamos tu caso para determinar cuál es la opción más adecuada.
El plazo varía en función del tipo de solicitud y de la Administración competente. Algunos procedimientos pueden resolverse en pocos meses, mientras que otros requieren un plazo mayor. Te mantendremos informado durante todo el proceso.
La posibilidad de solicitar la nacionalidad española depende de factores como el tiempo de residencia legal en España, tu nacionalidad de origen y el cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa vigente.
Sí. No haberse acogido a un proceso extraordinario no significa que hayas perdido todas las opciones. Existen diferentes vías de residencia y regularización que pueden adaptarse a tu situación personal, familiar o laboral.
Depende del tipo de autorización que desees solicitar. Existen procedimientos que deben iniciarse desde el país de origen y otros que pueden tramitarse estando en España.
Sí. Como despacho de abogados de extranjería online, podemos asesorarte, revisar la documentación, preparar el expediente y realizar el seguimiento de tu procedimiento de forma telemática, evitando desplazamientos y costes innecesarios.
Si llevas más de dos años en España en situación irregular, es posible que puedas acceder a alguna de las modalidades de arraigo u otras vías de regularización. Analizamos tu caso para identificar el procedimiento más adecuado y ayudarte a preparar un expediente con las mayores garantías.
El tiempo de resolución de un expediente de nacionalidad española varía según la vía por la que se solicite, la carga de trabajo de la Administración y si el expediente está completo. Aunque la normativa prevé un plazo de resolución de un año, en la práctica muchos expedientes pueden tardar entre 12 y 24 meses, e incluso más en algunos casos.
El procedimiento de nacionalidad española por residencia suele seguir estas fases:
- Presentación de la solicitud y documentación.
- Registro del expediente y asignación de número.
- Revisión de la documentación aportada.
- Solicitud de informes a distintos organismos (Policía, Registro Central de Penados, CNI y otros).
- Estudio y valoración del expediente.
- Resolución favorable o denegatoria.
- Jura o promesa de la Constitución y del Rey.
- Inscripción en el Registro Civil.
- Obtención del DNI y del pasaporte español.
Contar con un expediente correctamente preparado desde el inicio reduce el riesgo de requerimientos y retrasos.
Cuando el estado del expediente indica «abierto en tramitación», significa que la Administración ha admitido la solicitud y está realizando las comprobaciones necesarias antes de dictar una resolución.
Durante esta fase pueden solicitarse informes a diferentes organismos públicos o revisarse los documentos presentados. No implica que exista ningún problema con la solicitud, sino que el expediente continúa su curso administrativo.
No existe un plazo fijo una vez que el expediente aparece «en tramitación». Dependiendo de cada caso, esta fase puede prolongarse durante varios meses.
Si el expediente permanece paralizado durante un tiempo excesivo o supera el plazo legal de resolución, un abogado especializado puede estudiar el expediente, y en caso necesario, presentar un recurso contencioso administrativo
Los requisitos principales son:
- Haber residido en España de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud durante el plazo exigido por la ley.
- Tener buena conducta cívica y carecer de antecedentes penales relevantes.
- Acreditar un suficiente grado de integración en la sociedad española.
- Superar, cuando corresponda, los exámenes CCSE y DELE del Instituto Cervantes.
- Presentar toda la documentación exigida y abonar la tasa administrativa correspondiente.
Durante la tramitación pueden aparecer diferentes estados, entre ellos:
- Registrado.
- Abierto – En tramitación.
- Pendiente de solicitud de informes.
- Pendiente de recibir informes preceptivos.
- En calificación.
- Resuelto favorable.
El matrimonio con un ciudadano español no concede automáticamente la nacionalidad española. Para solicitarla normalmente será necesario:
- Haber estado casado con un ciudadano español durante al menos un año.
- Haber residido legalmente en España durante ese mismo año de forma continuada.
- No estar separado legalmente ni de hecho en el momento de la solicitud.
- Cumplir el resto de requisitos generales de buena conducta cívica e integración.
Quienes están casados con un ciudadano español pueden solicitar la nacionalidad tras un año de residencia legal y continuada en España, siempre que continúe vigente el matrimonio y no exista separación.
Una vez presentada la solicitud, el tiempo de resolución suele ser similar al de cualquier expediente de nacionalidad por residencia, pudiendo oscilar entre 12 y 24 meses, dependiendo de las circunstancias de cada expediente.
Después de realizar la jura o promesa ante notario, el expediente debe remitirse al Registro Civil competente para practicar la inscripción de nacimiento como ciudadano español.
El plazo puede variar según la carga de trabajo de cada Registro Civil, aunque habitualmente la inscripción puede tardar entre varias semanas y algunos meses. Una vez practicada la inscripción, ya podrá solicitar el certificado literal de nacimiento español y tramitar el DNI y el pasaporte.

