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El Supremo amplia la reclamación de los gastos de hipoteca: definición de plazos, cómo conseguir las facturas y cuánto puedes recuperar

Autor: Equipo Arriaga

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El Tribunal Supremo deja sin argumentos a la banca. Se acabaron las contestaciones a los clientes alegando un supuesto fin del plazo para reclamar. Y es que, la sentencia del Tribunal Supremo del 14 de junio asume la Doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y, aclara definitivamente el plazo para reclamar a la banca lo pagado indebidamente por los gastos de hipoteca (el 50% de los notariales y el 100% de los de gestoría, registro y tasación): el plazo empieza a contar desde el momento en que la cláusula en concreto es declarada nula.

Así se abre la puerta a una oleada de reclamaciones de hipotecas antiguas e incluso canceladas, pues resulta irrelevante la fecha de la firma de esta. Lo determinante es cuándo el cliente conoce o pudo conocer que su cláusula es abusiva y esto no se produce hasta que tiene Sentencia concreta estimando la nulidad.

Los compradores de vivienda que todavía no hayan reclamado el dinero que pagaron de más por los gastos al firmar su hipoteca, están en el mejor momento para reclamar, pues esta sentencia marca un importante avance la protección de los derechos de los consumidores. Los importes medios para recuperar oscilan entre los 1.500 euros y los 2.000 euros de principal, en hipotecas de 150.000€ a 200.000€.

¿Quiénes pueden reclamar los gastos de la hipoteca?

Pueden reclamar los gastos hipotecarios aquellos consumidores con una hipoteca anterior a junio de 2019, pues en ese momento entró en vigor la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario (antigua Ley Hipotecaria) que pasa a imponer al Banco la práctica totalidad de los gastos derivados del préstamo. Desde junio de 2019, hacia atrás, da igual en qué año se firmó el contrato y si la hipoteca se terminó o no de pagar.

¿Qué gastos se pueden reclamar?

Los gastos reclamables son aquellos que debía abonar el Banco en el momento de la firma del préstamo hipotecario y relacionados únicamente con la constitución o modificación de la hipoteca (no gastos de la compraventa u otros negocios formalizados en el mismo momento). Es decir, no se reclaman todos los gastos abonados sino únicamente los que se imponen al cliente y que no le correspondiese pagar, según la norma vigente o pacto válido y concreto al respecto. Estos son:

  • 50% Aranceles de NOTARIO
  • 100% Aranceles de REGISTRO
  • 100% Honorarios de GESTORÍA
  • 100% Honorarios de PRIMERA TASACIÓN
  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) que grava el AFIANZAMIENTO. No siempre se paga, solo cuando en la escritura se formalice igualmente un afianzamiento o aval.

¿Cómo conseguir las facturas para reclamar?

Para iniciar una reclamación debemos recopilar toda la documentación de la hipoteca; fundamentalmente la escritura y todas las facturas que acrediten que abonó esos gastos a reclamar. Debemos recordar que en general, estas facturas nos las entregaron junto a la escritura, por lo que es fácil que guardemos toda la documentación junta.

Sin embargo, en caso de no contar con las facturas, hay que tener claro que la solicitud de documentación dirigida a la entidad financiera carece de valor alguno. El banco no tiene obligación de tener, conservar o entregar estos documentos, por lo que tendrá que dirigirse a quien en su momento emitió las mismas, es decir, al Notario, al Registro de la Propiedad, a la Gestoría y a la Tasadora.

¿Cómo reclamar los gastos de hipoteca tras la sentencia del Supremo?

Tras esta última Sentencia del Tribunal Supremo sobre gastos de hipoteca, las reclamaciones en materia de gastos hipotecarios son una cuestión absolutamente clara: Las Entidades Financieras deben abonarlos a sus clientes y, en consecuencia, éstos tienen todo el derecho a reclamar. Pese a ello, la mayoría de las Entidades mantienen una postura reticente y no suelen devolver cantidades de forma amistosa, poniendo un sin fin de excusas que carecen de base jurídica.

En cambio, cuando las reclamaciones se inician por un Abogado o Despacho especializado, la cuestión cambia sustancialmente, por lo que siempre es recomendable asesorarse desde un primer momento.

Muchos bancos han hecho pagar a los consumidores unos gastos que no les correspondía, y ahora es el momento de recuperar ese dinero. Para ello, solo tienes que reunir la documentación y llamarnos al teléfono gratuito 900 264 007. Uno de nuestros abogados especializados revisará la documentación y te informará si la reclamación es viable. Recuerda, cualquier persona puede demandar, aunque la hipoteca sea antigua y ya esté cancelada.

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