¡Victoria para los consumidores! El Tribunal Supremo aclara hasta cuándo reclamar gastos hipotecarios
Autor: Equipo Arriaga¡Buenas noticias para los consumidores! El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia clave en materia de cláusulas abusivas en hipotecas, la sentencia núm. 857/2024. Es este el primer pronunciamiento del Supremo en materia de prescripción de las reclamaciones de gastos hipotecarios.
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¿Qué criterio fija el Tribunal Supremo?
El plazo de prescripción comenzará a contar a partir de la fecha en que la sentencia que declara la nulidad de la cláusula abusiva sea firme, salvo que por parte del Banco se pruebe que el consumidos conocía o podía conocer con anterioridad a ese momento que la cláusula era nula. Esto significa que, en principio y salvo prueba en contrario, hasta que no exista una resolución judicial definitiva que confirme que la cláusula es abusiva, el plazo para reclamar no empieza a correr.
El TJUE en su sentencia de Enero de este año ya había aclarado que este conocimiento no necesariamente coincidía con la publicación de sentencias, ya que el consumidor medio no siempre está al tanto de la jurisprudencia.
¿Qué implica esto para los consumidores?
Hasta ahora algunas audiencias provinciales consideraron el año 2017 como el momento en que los consumidores debieron ser conscientes de sus derechos para reclamar los gastos hipotecarios.
Tras este pronunciamiento, los consumidores podrán continuar reclamando cantidades indebidamente pagadas por los Gastos Hipotecarios, sin que exista ya una fecha límite de caracter general.
¿Qué debo hacer si creo que he sido víctima de una cláusula abusiva?
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Esta sentencia es un paso importante en la defensa de los derechos de los consumidores y abre la puerta a que muchos puedan recuperar el dinero que les han cobrado indebidamente. ¡No dudes en llamarnos si crees que tus derechos han sido vulnerados!