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Sentencia histórica: las entidades que proporcionen información engañosa sobre el coste de una hipoteca, perderán el derecho a cobrar intereses

Autor: Equipo Arriaga

Entidades que engañen, perderán el derechos

Los consumidores están de enhorabuena. Tras el reciente fallo del Supremo que amplió el plazo para reclamar los gastos de constitución de las hipotecas, ahora una sentencia histórica ha declarado nulo un préstamo hipotecario, estableciendo que las entidades financieras que proporcionen información engañosa sobre el coste financiero de una hipoteca perderán el derecho a percibir intereses. Una decisión ejemplar, que sigue la reciente doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y abre una nueva vía para que se resuelvan casos similares en el mismo sentido: pues el banco tendrá que devolver al cliente más de 56.000 euros de intereses ya pagados.

Sentencia ejemplar a favor de los hipotecados

La demanda presentada en un juzgado de Lleida solicitaba la nulidad de las cláusulas relativas al coste financiero de un préstamo hipotecario firmado en 2008 con la entidad financiera Bankinter. La parte demandante defendió que la entidad manipuló la Tasa Anual Equivalente (TAE), ya que presentó una tasa del 1,85% que no era transparente ni reflejaba el coste real del crédito. Una tasa engañosa que omitía información clave sobre más de un 80% del coste real de préstamo.

La jueza sentenció que esta tasa no era no era transparente, concluyendo que Bankinter había actuado de forma engañosa. El banco, por lo tanto, no estaba proporcionando al consumidor toda la información que le permitiría comprender plenamente la carga jurídica y económica que iba a soportar.

La sentencia es especialmente importante porque aplica las directrices del TJUE, que establece que las cláusulas no transparentes deben ser declaradas nulas y los contratos deben ser redactados con claridad, concreción y sencillez para ser comprensibles para el consumidor. Además, cualquier engaño sobre el precio del contrato conlleva la nulidad de éste y la prohibición al banco de percibir intereses.

Nuevo escenario para los afectados por las cláusulas de hipoteca

Hablamos de una sentencia ejemplar que prioriza la protección de los consumidores frente a prácticas abusivas de las entidades financieras. La anulación del contrato implica que Bankinter deberá devolver al demandante todos los intereses pagados, más de 56.000 euros, junto con los intereses legales correspondientes y las costas del procedimiento. El demandante tendrá que devolver el capital prestado sin intereses, permitiéndole quedar libre de deuda nueve años antes de lo previsto en su préstamo.

Confiamos plenamente en que esta sentencia pionera tendrá un fuerte impacto en la resolución de casos relacionados con hipotecas y préstamos bancarios. La decisión del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Lleida envía un claro mensaje a los bancos sobre la transparencia y honestidad con la que deben informar a los consumidores.

Más derechos para los consumidores

La sentencia ofrece un nuevo escenario de seguridad para aquellos que quieren defender sus intereses ante las prácticas abusivas en la contratación de las hipotecas, ya que estable un importante precedente para que la justicia juzgue duramente las prácticas desleales. La protección que la justicia ofrece a los consumidores es cada vez mayor, recordando a las entidades financieras que la transparencia y la honestidad son imprescindibles. Esta sentencia hace que este sea el mejor momento para reclamar tus derechos. Infórmate sin compromiso en el teléfono gratuito 900 264 007. En Arriaga Asociados queremos ayudarte.

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